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Se extendió el plazo para presentar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales

Se trata de la presentación de un conjunto de datos referidos al patrimonio que la AFIP solicita presentar.

Se extendió el plazo para presentar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la presentación de la declaración jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2023.

A través de la Resolución General N° 5521/2024 en el Boletín Oficial, se confirmará este martes la nueva fecha de vencimiento que será el próximo 30 de septiembre. Se trata de la obligación con la que deben cumplir los asalariados que el año pasado tuvieron un determinado nivel de ingresos y cuyos patrimonios no alcanzan el monto de la base imponibles.

La declaración jurada informativa es la presentación de un conjunto de datos referidos al patrimonio que la AFIP solicita presentar. Es obligatoria cuando el importe bruto de las rentas - sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas - obtenidas en el año fiscal 2023 sean iguales o superiores a $15.917.863,58.

Quiénes pueden generar y presentar las declaraciones juradas con la opción “Régimen Simplificado” del Impuesto a las Ganancias

  • Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y/o pensionados.
  • Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
  • Socios de las sociedades cooperativas, que trabajen personalmente en la explotación, por los servicios prestados (incluyendo el retorno percibido)
  • Quienes conjuntamente con los ingresos indicados anteriormente obtengan otras rentas por las cuales el beneficiario haya adherido al Monotributo, o resulten exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias.

La resolución que se publicó el jueves pasado en el Boletín Oficial indica: “Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio ‘Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR’, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 15 de julio de 2024, inclusive”.


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