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AFIP confirmó prórrogas para el pago de Ganancias y Bienes Personales

La AFIP dispuso los nuevos plazos para el pago de los anticipos de los vencimientos de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales

AFIP confirmó prórrogas para el pago de Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) confirmó los nuevos plazos para el pago de los anticipos de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, tanto para el primero como para el segundo vencimiento.

 

La medida había sido anticipada el jueves 10 de octubre mediante un comunicado y se formalizó hoy con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 5584/2024.

La prórroga hasta el 25 de octubre -unificando los plazos del 14 al 16 del mismo mes que regían para diferentes contribuyentes, según la finalización de la CUIT- fue tomada “debido a razones de administración tributaria y a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y responsables”, sostuvo la AFIP en los considerandos de la norma.

Condiciones de pago y cronograma según CUIT

En el caso de Ganancias, para el pago del primer anticipo hay tiempo hasta el 25 de octubre, para todas las terminaciones de CUIT y “no se encontrarán habilitados en débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos”, aclaró el organismo recaudador.

Para el segundo vencimiento, los plazos finalizan el 13 de noviembre para los contribuyentes con CUIT finalizada en 0,1, 2 y 3; el 14 para las que terminan en 4, 5 y 6 y el 15 del mismo mes para las que concluyen en 7, 8 y 9.

Bienes Personales: calendario de prórroga

En este caso, quedaron confirmados los plazos originales del 14 de octubre para los contribuyentes con CUIT terminadas en 0, 1, 2 y 3; el martes 15 para las que finalizan en 4, 5 y 6 y el miércoles 16 de octubre para las que concluyen en 7, 8 y 9.

Para el segundo vencimiento, operan los mismos plazos establecidos para el impuesto a las Ganancias.

Corrección en deducciones

La medida se dio a conocer pocos después de la corrección dispuesta en cuanto a los importes de las deducciones de Ganancias y Bienes Personales, así como los tramos de las escalas vigentes.

El error corregido tuvo que ver con los meses considerados para el ajuste por inflación, ya que en una primera opción se habían tomado dos períodos (julio y agosto), con un 8,37% de incremento en los precios, y luego se estableció que correspondía una actualización del 13,35%, por tres meses (junio, julio y agosto).

Ese aspecto fue consultado por diputados al secretario de Hacienda, Carlos Guberman, en su reciente visita al Congreso para informar sobre el proyecto de ley de Presupuesto 2025, donde dijo que se mantenían “conversaciones con la AFIP” para “subsanar” el problema.

¿Qué son los anticipos?

Los anticipos son pagos a cuenta de un determinado impuesto al que está obligado un contribuyente.

Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de presentar la correspondiente declaración jurada.


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