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Confirmado: AFIP prorrogó VENCIMIENTOS para el pago del IMPUESTO a las GANANCIAS y Bienes Personales

La medida quedó publicada este lunes en el boletín oficial. Conocé los detalles

Confirmado: AFIP prorrogó VENCIMIENTOS para el pago del IMPUESTO a las GANANCIAS y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hizo oficial este lunes la prórroga de los vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y el pago de los saldos correspondientes a los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2023.

 

Esta medida busca brindar una mayor flexibilidad a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Sin embargo, la prórroga también podría tener un impacto positivo en la recaudación, según se desprende del análisis del texto oficial.

Ganancias y Bienes Personales: nuevas fechas de vencimiento de AFIP

Los contribuyentes podrán cumplir con sus obligaciones fiscales hasta las siguientes fechas, dependiendo de la terminación de su CUIT:

  •     Terminaciones 0, 1, 2 y 3: presentación el 18 de septiembre de 2024, y pago el 19 de septiembre de 2024.
  •     Terminaciones 4, 5 y 6: presentación el 19 de septiembre de 2024, y pago el 20 de septiembre de 2024.
  •     Terminaciones 7, 8 y 9: presentación el 20 de septiembre de 2024, y pago el 23 de septiembre de 2024.

Calendario adicional de vencimientos

Además, se estableció un calendario adicional para los ingresos especiales y la adhesión al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), dirigido a aquellos sujetos que no adhirieron al Régimen de Regularización de Activos:

Ingresos especiales a cuenta de Ganancias y Bienes Personales (40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023) - RG 5548/24:

  •     CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: Pago el 26 de agosto de 2024.
  •     CUIT terminados en 4, 5 y 6: Pago el 27 de agosto de 2024.
  •     CUIT terminados en 7, 8 y 9: Pago el 28 de agosto de 2024.

Manifestación de adhesión y pago inicial del REIBP:

  •     CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: Pago el 19 de septiembre de 2024.
  •     CUIT terminados en 4, 5 y 6: Pago el 20 de septiembre de 2024.
  •     CUIT terminados en 7, 8 y 9: Pago el 23 de septiembre de 2024.

Declaración Jurada y pago del saldo del REIBP:

  •     CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: Pago el 30 de septiembre de 2024.
  •     CUIT terminados en 4, 5 y 6: Pago el 30 de septiembre de 2024.
  •     CUIT terminados en 7, 8 y 9: Pago el 30 de septiembre de 2024.

 


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