“Compre sin IVA” es el programa implementado por el Gobierno que te reintegra el 21% de las compras hechas con tarjeta de débito. El plan incluye productos de la canasta básica, con un tope mensual de reintegro de $18.800.
La medida tiene como beneficiarios a trabajadores que cobren hasta $700 mil, monotributistas, jubilados, pensionados y titulares de AUH. Si bien más de 13 millones de personas recibieron el reintegro, también son frecuentes las preguntas de aquellos que aún no obtuvieron la devolución correspondiente. ¿Cuáles son los errores más comunes en el reintegro del IVA?
Confundir las tarjetas alcanzadas
El programa contempla únicamente las tarjetas de débito, con el CBU asociado al AFIP. Además, incluye las tarjetas de los programas “Alimentar” y “Potenciar trabajo”. No se reintegra el IVA si las compras fueron realizadas con tarjetas de crédito.
Confundir las billeteras virtuales aceptadas
Cuenta DNI, Mercado Pago y Modo son las billeteras virtuales asociadas al programa. Desde la aplicación de las mismas se puede efectuar la compra. Sin embargo, la tarjeta de débito tiene que estar asociada a la billetera virtual que se utilice y debe elegirse como método de pago. El plan no reintegra el IVA si la compra fue efectuada con saldo en la cuenta.
Pagar con transferencia bancaria
La transferencia bancaria se volvió un método de pago rápido y confiable entre los consumidores. No obstante, si se abona de esta manera, el reintegro del IVA no se aplicará, ya que el programa contempla solo los pagos con tarjetas de débito.
El programa solo acepta tarjetas de débito para hacer el reintegro
No tener la CBU declarada ante la AFIP
Otro de los errores frecuentes está relacionado con el requisito que el programa establece. Para que se realice el reintegro el IVA, los 22 números que componen el CBU asociado a la tarjeta de débito deben estar declarados en AFIP. Si no hay un CBU asociado, no hay en donde realizar el reintegro.
Este error es muy frecuente en monotributistas y en personal doméstico, mientras que trabajadores registrados, jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales no suelen tener inconvenientes con esta condición.
Comprar en comercios no adheridos
Si la compra se realiza en un comercio no incluido en el programa, es decir que no está inscripto en AFIP, el reintegro del 21% no se llevará a cabo.
En general, los comercios adheridos son minoristas y mayoristas, los cuales cuentan con los productos de la canasta básica: lácteos, carnes, pan, entre otros.
Exceder el tope mensual
Con una compra de $89,523 se alcanza el tope mensual por persona de $18.800. Excedido ese monto de compra, no se realizará el reintegro del IVA.
Es recomendable tener un registro de las operaciones hechas por mes y de las devoluciones hechas en cada compra.
Cómo hacer el reclamo por la devolución del IVA en AFIP
Para iniciar el reclamo por la no devolución del IVA es necesario entrar a la web de AFIP, completar un formulario con datos personales, CUIT/CUIL, teléfono de contacto y dirección de email. Luego, es necesario detallar los motivos del reclamo. También se puede hacer el reclamo por teléfono en la línea de Atención al Usuario (0800 999 2347).
Desde el ente recaudador aclararon que no van a admitir casos en los que:
- Los formularios no tengan la información necesaria.
- Contengan datos falsos o de dudosa autenticidad.
- No esté claro el motivo del reclamo y no se pueda establecer un contacto con el reclamante para aclarar la situación.
- Sean referidos a pedidos de resolución de procedimientos ya iniciados, sujetas a plazos específicos, antes del vencimiento del respectivo plazo.
- Reiteren reclamos o sugerencias ya atendidos.
- No estén vinculados con la competencia de la AFIP.
- Si la presentación corresponde en verdad a una denuncia. Esta debe ser efectuada telefónicamente al Centro de Atención de Denuncias, al 0800-999-DENU (3368), opción 2, de lunes a viernes de 10 a 16 horas.
- La devolución del IVA abarca a los trabajadores formales con ingresos de hasta 6 salarios mínimos, monotributistas y trabajadores de casas particulares. Además, incluye a jubilados y pensionados y a los beneficiarios de la AUH.
- Los beneficiarios deben gastar más de $108.000 en el mes para aprovechar al máximo la ayuda. La devolución del IVA está vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.