Tras aceptar incluir cambios en el proyecto del Presupuesto 2023, el oficialismo logró ayer el dictamen en comisión, lo que habilita el tratamiento y eventual aprobación en el recinto la próxima semana.
Para ello, incorporó un artículo determinante que exigía la oposición y que define, nada más y nada menos, que el destino de unos USD 18.000 millones de recursos no contemplados en el texto original, según estimaciones privadas. La cifra surge del “excedente” de ingresos proyectados al subestimar la inflación respecto de la expectativa de mercado.
En términos sencillos: el Presupuesto contempla una tasa de inflación de 60%, objetada por el consenso de economistas y también la oposición. En esa estimación se basa el nivel de ingresos proyectado. Pero el último relevamiento de expectativas de mercado (REM) difundido por el Banco Central arroja una inflación esperada de 90% para el año que viene, con lo cual los recursos disponibles crecerían por encima de lo presupuestado. La diferencia serían, entonces, ingresos que el Gobierno podría manejar discrecionalmente, precisamente lo que quiere evitar la oposición en pleno año electoral.
De acuerdo a las cifras vertidas en el proyecto de Presupuesto, se contemplan ingresos por $22 billones, lo que implica una diferencia de al menos $4 billones si la pauta inflacionaria aplicada fuera la que indica el REM. Al tipo de cambio promedio previsto para 2023, de $219, el resultado es una diferencia de USD 18.000 millones, en caso de que el avance de precios no sea incluso superior como ya calculan en privado muchos economistas, algunos de ellos incluso cercanos al propio ministro de Economía, Sergio Massa.
De ahí que la “cláusula gatillo” incluida ayer implica que si el desvío efectivamente se produce, el Poder Ejecutivo deberá recurrir nuevamente al Congreso para aprobar la distribución de esos recursos adicionales. Es decir, no podrá disponer de la ampliación de partidas por decreto tal como ocurre hasta ahora.
El nuevo texto establece que si al 31 de agosto “la tasa de inflación superara el 10% de la meta establecida en el Presupuesto o los ingresos superan el 10%, el Poder Ejecutivo enviará una ley complementaria”. El tema es particularmente sensible en un año en el que el gasto electoral estará permanentemente bajo la lupa.
Claro que no todo lo que se recaude por encima de lo previsto podrá ser considerado excedente. Esto es así porque el impacto inflacionario incrementará el nivel de recursos disponibles pero también aumentará automáticamente el nivel de gasto. Un alto porcentaje del gasto público está atado a fórmulas de indexación, esencialmente jubilaciones y AUH, y es de prever que también sería mayor el gasto en salarios de los empleados del sector público.
La recaudación adicional por inflación financió el pago de un bono de $18.000 en la primera mitad del año. Guzmán había proyectado 36% de inflación para 2022
Aun así, quedaría en las arcas del Tesoro un resto económico considerable que los legisladores opositores advierten podría aplicarse con fines electorales. Un antecedente inmediato, incluso sin elecciones de por medio, es el bono de $18.000 que otorgó el Gobierno en abril, mayo y junio a trabajadores informales, monotributistas y jubilados con dos haberes mínimos. La medida, diseñada por el entonces titular del Palacio de Hacienda, Martín Guzmán, tuvo un costo de $200.000 millones que, según admitieron por entonces fuentes de su equipo, fue financiada con la recaudación adicional producto de una tasa de inflación muy por encima de la proyectada por el ex funcionario. Vale recordar que Guzmán había proyectado para este año una variación general de precios de 36% en el Presupuesto 2022 que, de todos modos, nunca fue aprobado.
Tanto Massa como la oposición apuntan a evitar repetir esa situación y transitar el próximo año con el Presupuesto aprobado. En función de este objetivo es que no se descarta que se sumen nuevos cambios a los incorporados ayer en la Comisión de Presupuesto y Hacienda que encabeza el diputado Carlos Heller, entre ellos la incorporación al Impuesto a las Ganancias del sueldo de los jueces, funcionarios y empleados del Poder Judicial.