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Monotributo Social: este es el nuevo requisito confirmado por AFIP

El Gobierno introdujo cambios y nuevos requisitos para el monotributo social. Mirá qué pasará

Monotributo Social: este es el nuevo requisito confirmado por AFIP

El Gobierno, a través del Ministerio de Capital Humano, introdujo nuevos requisitos para los beneficiarios del Monotributo Social, el régimen destinados a personas en situación de vulnerabilidad social que realizan una actividad económica.  

 

El Monotributo Social se creó en 2007 con el objetivo de formalizar la actividad económica y promover la inclusión en el sistema tributario y de seguridad social de los trabajadores independientes y microemprendedores de bajos ingresos.

El entonces Ministerio de Desarrollo Social dispuso que se subsidiaría el aporte a cargo del monotributista social a fin de “incrementar la capacidad de integración a la economía formal de los sujetos inscriptos” y conseguir “una mayor sustentabilidad y durabilidad de los emprendimientos”.

Sin embargo, en la Resolución 630/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Capital Humano que conduce Sandra Pettovello introdujo cambios porque "ninguno de estos dos objetivos fue alcanzado con la implementación de la herramienta".

Monotributo Social: nuevos cambios

Mediante la Resolución 630, el Ministerio de Capital Humano dejó sin efecto las Resoluciones 2757 y 1215, bajo el argumento de que "no han cumplido con los objetivos previstos y generan una erogación presupuestaria que podría ser destinada a una política pública social más efectiva".

A partir de ahora, el titular que quiera seguir inscripto en la categoría tributaria optativa del Monotributo Social deberá abonar el 50% del componente de la obra social por sí mismo y por cada incorporación de adherentes.

Por lo tanto, quedará exento de abonar el importe integrado y se computarán los aportes regulares para la Prestación Básica Universal del Sistema Integrado Previsional Argentino.

 

El Ministerio de Capital Humano introdujo cambios en el   <a href='/tags/Monotributo-Social'>Monotributo Social</a>

El Ministerio de Capital Humano introdujo cambios en el Monotributo Social

Monotributo Social: ¿por qué el Gobierno introdujo cambios?

Según argumentó Capital Humano en la Resolución, "el número de personas que se encuentran en la economía informal no solo no ha disminuido, sino que ha aumentado".

Además, sostuvo que "tampoco hay evidencia empírica que demuestre un nexo de causalidad entre contar con un monotributo social y la mejora en la sostenibilidad y durabilidad de los emprendimientos financiados".

A su vez, indicó que "el programa se encontraba virtualmente en desuso", ya que desde 2018 "no se han registrado nuevas altas para cubrir el monotributo social, aunque sí se han otorgado microcréditos".

"La integración en la economía formal no está limitada a los tributos nacionales, sino que también abarca los tributos locales, por lo cual la capacitación y asistencia que el sector de la población requiere para cubrir los tributos o tramitar exenciones locales excede la capacidad y competencias que esta cartera podría brindar", aseguraron.

La Resolución también indica que el Estado "está realizando ingentes esfuerzos para reordenar las políticas sociales, con el objetivo de lograr un uso eficiente de los recursos disponibles, con un enfoque integral, maximizando el impacto y las externalidades positivas".

Monotributo Social: quiénes pueden acceder al régimen

El Monotributo Social apunta a trabajadores independientes de bajos ingresos; emprendedores de la economía social; beneficiarios de programas sociales como Asignación Universal por Hijo, Asignación por Embarazo, jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo, y programas de inclusión social del Ministerio de Capital Humano; y pequeños productores.

Requisitos del Monotributo Social

  •     Tener más de 18 años.
  •     Realizar una única actividad económica.
  •     Contar con un ingreso bruto anual inferior a $6.450.000.
  •     Ser propietario de hasta dos bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.
  •     Ser propietario de hasta un máximo de tres bienes muebles registrables.
  •     No ser profesional universitario en ejercicio de tu profesión como actividad económica.
  •     No ser empleador ni titular de acciones o cuotas, partes de sociedades comerciales.
  •     Contar con ingresos que provengan solo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales.
  •     Las cooperativas de trabajo (pueden ser antiguas empresas recuperadas que hayan sido traspasadas a los trabajadores y trabajadoras), deben tener 6 asociados como mínimo.

 


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