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RECURSO EXTRAORDINARIO

El Gobierno defendió el DNU ante la Corte Suprema: "La CGT se disfraza de vulnerable"

Los principales argumentos que presentó la Procuración del Tesoro para defender la constitucionalidad del DNU y reclamar que se suspenda la sentencia que dio lugar al Amparo de la CGT

El Gobierno defendió el DNU ante la Corte Suprema: "La CGT se disfraza de vulnerable"

El Gobierno presentó ante la Corte Suprema de Justicia el recurso extraordinario que apela la sentencia que habilitó el Amparo de la CGT, el cual dejó sin efecto la reforma laboral del Decreto 70/2023 por invalidez constitucional. En él, expusieron los argumentos que defienden el Mega DNU y pidieron que se suspendan los efectos de la resolución de la Cámara de Apelaciones del Trabajo. "La CGT se disfraza de un sector vulnerable. Es un sector de poder que pretende obstaculizar las medidas de gobierno de la actual Administración", alegó la Procuración del Tesoro.

 

El 14 de febrero, en un escrito de 49 páginas al que accedió BAE Negocios, reclamaron que la central obrera "no probó un daño cierto a sus intereses propios o los derechos de los trabajadores que dicen representar", por lo que calificaron a la sentencia como arbitraria y errónea. En esa línea, denunciaron que la resolución violentó principios, derechos y garantías amparados por la Constitución Nacional, entre ellos el principio de seguridad jurídica, el principio de congruencia y el derecho de defensa en juicio.

Asimismo, defendieron que el decreto es constitucional y la norma, de alcance general y que por ende excede los intereses individuales de la CGT, "ha sido dictada en ejercicio de potestades constitucionales del Poder Ejecutivo Nacional". Coartar las atribuciones del presidente, argumentó el procurador Rodolfo Barra, implicaría "no solo ir en contra de la voluntad popular, sino que, también, en contra de la validez del texto constitucional y los principios que surgen del mismo".

DNU: el Gobierno planteó nuevamente la incompetencia del fuero laboral

El principal agravio, según el Gobierno, es que el fuero laboral no es competente ante el caso y, por lo tanto, piden que la sentencia sea revocada. En ese sentido, reclamaron que el Supremo, en el caso de decidir que la causa remita a un tribunal inferior nuevamente para que se dicte una nueva sentencia, la expida en un fuero federal. "Deben aplicarse normas de derecho público, más precisamente del derecho administrativo y en esa inteligencia, aparece indiscutible la competencia del fuero Contencioso Administrativo Federal", insistieron.

El Estado ya había planteado la inhibitoria del juzgado laboral antes de que se emitan las sentencias, abanderándose principalmente en la doctrina de la Corte que establece que los procesos que tratan el mismo objeto (en este caso, la invalidez constitucional del DNU) deben ser juzgados con el mismo criterio para que no haya riesgo de que se dicten sentencias contradictorias.

A fines de diciembre, el PEN pidió que se remita el caso de la CGT al juzgado contencioso junto con los otros amparos, pero el laboral desconoció el planteo de inhibitoria y procedió a emitir sentencia de todos modos. El juez contencioso Enrique Lavié Pico ratificó la decisión y, además, definió que todos los amparos contra el DNU sean juzgados individualmente, en contra de los deseos del Estado.

De todos modos, Barra se detuvo en un detalle clave: la sentencia del laboral, luego de definir que el amparo no sea colectivo, pidió que se inscriba en el Registro Público de Procesos Colectivos. "La Justicia del trabajo debió al inicio ordenar la inscripción", remarcó, a su vez que "el pronunciamiento no surge con claridad la identificación del colectivo involucrado" y "tampoco el a quo estableció un procedimiento para garantizar la adecuada notificación de todos aquellos que podrían tener un interés en el resultado del litigio".

"En la presente causa la gravedad de la sentencia es enorme porque el proceso judicial tramitó como un amparo individual y mi representada se defendió en esos términos. De hecho, no se planteó la falta de legitimación colectiva por ese motivo", declaró.

En paralelo, dilucidó que "la discusión aparece centrada sobre el cuestionamiento al ejercicio de una facultad constitucional del presidente y las políticas públicas adoptadas en un marco de emergencia económica que excede el interés de la CGT y abarca a toda la Nación".

En ese sentido, alegaron que, además, en las sentencias que dictó la Justicia del Trabajo "no se aplicó una sola norma del derecho común del trabajo, todas se resolvieron aplicando normas federales". Eso es porque la problemática a resolver era una cuestión de forma (si se hallaban los requisitos constitucionales para emitir un DNU), no sobre el fondo (la reforma laboral) que, "en todo caso, podría considerarse que es materia netamente laboral".

Héctor Daer advirtió que el Gobierno nacional "está generando todas las condiciones para una nueva medida" de fuerza

 

Barra no dejó pasar tampoco que la sentencia de la jueza laboral Liliana Rodríguez Fernández, luego apelada tanto por el Estado y por la CGT, definió en su momento que con la cautelar vigente ya no era urgente tratar el decreto y opinó que el trámite no debería haber avanzado. "Son evidentes las contradicciones", expresó el Gobierno, la jueza "había sostenido que no existía urgencia, pero que resolvía igual en feria, señaló que no había caso judicial, pero igualmente declaraba la invalidez del DNU, y todo ello sin tener mínimamente acreditado el perjuicio que le ocasionaba a la CGT".

Este último punto fue también otro argumento clave en la apelación: alegaron que la central obrera no evidenció cómo se veía perjudicada ante la reforma laboral. "No se acredita el estado patrimonial de la CGT y tampoco se hace una proyección cierta y seria de cómo quedaría su situación con la vigencia del DNU. Expande, arbitrariamente, de esta forma sus efectos a terceros que no participaron del proceso", detalló.

Terceros que, además, algunos avalan la reforma laboral. Como publicó BAE Negocios, hay entidades que se acercaron a la Justicia para defender el Capítulo IV del decreto ante la Corte. El Estado los enumeró en el recurso y se apoyó en ellos para defender que la sentencia presentaba una gravedad institucional al tener efecto "sobre personas que no participaron de este proceso judicial y se ven beneficiados con la regulación". Agregó que fue una cantidad "inusual" de terceros que pidieron participar y que, además, fueron desestimados por la Justicia laboral.

En ese marco, la apelación ante la Corte fundamenta que la sentencia del laboral "carece de fundación suficiente y objetiva" y que "se apoya en afirmaciones de naturaleza dogmática sin sustento fáctico alguno".
El Gobierno argumentó por qué el Mega DNU es constitucional, con cita de Alberdi

Con cita final de Juan Bautista Alberdi, el recurso también defendió la constitucionalidad del decreto. "La CN coloca al instituto del DNU como parte del proceso de formación de leyes, dentro de las competencias del presidente como colegislador", afirmó el Estado en el escrito, y además desprendieron que el decreto "fuerza al Congreso a decidir". En esa línea, pusieron sobre la mesa que es potestad del Legislativo, por ley, decidir si es constitucional o no.

"La excepcionalidad es un concepto exclusivamente político, no jurídico. Esa valoración corresponde exclusivamente al Poder Legislativo, mientras que al Judicial le corresponde analizar si el DNU agravia algún derecho o bien avanza en materias prohibidas", sujetó la Procuración y se amparó en la doctrina que establece que el Ejecutivo goza de tener un criterio propio en cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia.

En esa línea, destacó que "si fuera voluntad del Congreso dejar sin efecto o modificar lo establecido en el DNU podría hacerlo sin ningún impedimento porque, actualmente, el trámite del DNU se encuentra en su ámbito para su tratamiento". De todos modos, ante el pedido de los senadores del PJ de sesionar por el decreto 70 todavía la vicepresidenta Victoria Villarruel no ha dado lugar a discusión.

El DNU continúa vigente a excepción de algunas cautelares y continúa a la espera de tratamiento legislativo

"El DNU es absolutamente constitucional", insistieron en la apelación, en tanto se cumplieron todos los recaudos formales para ello: "Es indudable que la situación de la República Argentina es extremadamente crítica y de una emergencia sin precedentes en nuestra historia. No admite demoras", sostuvieron, en línea con el fundamento de Javier Milei.

Ese argumento lo ligaron a una cita del padre de la Constitución, quien Milei abanderó en numerosas ocasiones: "Hay muchos puntos en que las facultades especiales dadas al Poder Ejecutivo pueden ser el único medio de llevar a cabo ciertas reformas de larga, difícil e insegura ejecución, si se entregan a legislaturas compuestas de ciudadanos más prácticos que instruidos, y más divididos por pequeñas rivalidades que dispuestos a obrar en el sentido de un pensamiento común. Tales son las reformas de las leyes civiles y comerciales y, en general, todos esos trabajos que, por su extensión considerable, lo técnico de las materias y la necesidad de unidad en su plan y ejecución, se desempeñan mejor y más pronto por pocas manos competentes que por muchas y mal preparadas."

 

Rex Ante La Corte by BAE Negocios


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