La ley 27.709, mejor conocida como "Ley Lucio", quedó reglamentada por el Gobierno nacional con la finalidad de que se lleven adelante las capacitaciones sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes, destinada a las personas que se desempeñan en áreas y dependencias de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
La medida quedó plasmada en el Boletín Oficial, publicado este lunes, mediante el decreto 360/2023, el cual lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y la ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz.
La Ley 27.709 fue sancionada el pasado 13 de abril en el Congreso de la Nación, la cual fue creada en memoria de Lucio Dupuy, el nene de 5 años oriundo de la ciudad de Santa Rosa, brutalmente asesinado de una golpiza por parte de su madre y de su pareja, Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez, respectivamente.
El Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes está dirigido a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de acuerdo a lo que establezca la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), perteneciente al Ministerio de Desarrollo Social.
De esta manera, la norma que forma parte del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, queda facultada para celebrar los acuerdos o convenios necesarios y puede extenderse a administraciones provinciales y municipales y organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales.
¿En qué consiste la "Ley Lucio"?
El Senaf deberá elaborar en el plazo de 90 días un curso de formación inicial para la promoción del buen trato, prevención y detección temprana de la violencia contra niños, niñas y adolescentes, como así la difusión de recursos para asesoramiento, abordaje y denuncia de situaciones de violencia.
La ley indica que las personas destinadas deberán brindar la protección de los denunciantes en los casos de posible vulneración, así procurando "la reserva de identidad del denunciante y la protección de su integridad".
De esta manera, el funcionario público deberá comunicar una vulneración o amenaza de derechos del menor, como así recibir y tramitar una denuncia; junto con la elaboración de campañas de concientización anuales de promoción y protección de los derechos.
El estatuto indica que la Senaf deberá brindar herramientas adecuadas en aquellos ámbitos de la Administración Pública Nacional pertinentes que no cuenten con los mecanismos de resguardo de la persona denunciante.
Por último, el organismo nacional deberá ofrecer el acceso público, como así difundir el grado de cumplimiento de la ley a través de un medio accesible con "indicadores cuantitativos, cualitativos, estadísticas y evaluaciones sobre el impacto de las capacitaciones realizadas", según manifiesta el Boletín Oficial.