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Fallo de la Corte Suprema beneficia a jubilados

Se ratificó un fallo de segunda instancia que había determinado que las jubilaciones no deben pagar el impuesto a las Ganancias.

Fallo de la Corte Suprema beneficia a jubilados

En una decisión dada a conocer ayer por el caso Héctor Calderón contra la Anses, el máximo tribunal dejó vigente el fallo de segunda instancia que favoreció el reclamo de que el haber jubilatorio no tiene que ser objeto del impuesto a los ingresos.

En una sentencia firmada por los ministros, Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti, Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, la Corte dejó firme "la exención del impuesto ordenada por la alzada, pues la retención que pretende hacer la Anses (sobre el retroactivo del reajuste) se basa en una norma que se declaró inconstitucional por no haber contemplado factores de vulnerabilidad como la avanzada edad para diferenciar ciertos jubilados de otros", explicaron fuentes judiciales.

La Corte había decidido en el fallo García que los jubilados no debían pagar Ganancias por sus haberes por considerarse población "vulnerable", aunque no determinó qué criterio se utilizaba para concluirlo. Según explicó la abogada previsional Andrea Falcone, algunos juzgados interpretaron de manera acotada y requirieron pruebas para ratificar la vulnerabilidad de salud o económica del jubilado.

"No fue el criterio general de los juzgados. La Sala II de Seguridad Social dijo en este fallo que todos los jubilados son vulnerables, no importa la economía, cuánto ganan o su salud. La Corte lo que hace es terminar de cerrar el concepto que había introducido en el caso García, y lo que dice es que efectivamente no tienen que pagar el impuesto", indicó.

El fallo no es automático para el resto de los jubilados ni tiene aplicación vía AFIP o Anses para los haberes hoy alcanzados por Ganancias, tampoco existen reclamos colectivos que puedan conseguir este mismo tratamiento.

"Los únicos fallos de aplicación masiva son los reclamos de asociaciones que representan a un colectivo, esa acción colectiva sí es alcanzada. En este caso no hay ninguna entidad que los haya aglomerado", concluyó Falcone.


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