Pasadas las 9 del lunes, el Gobierno de Javier Milei envió al Congreso el nuevo texto de la Ley Ómnibus con el que intenta lograr una tarea difícil: convencer a la oposición dialoguista de acompañar la iniciativa a cambio de haber borrado más de 100 artículos y haber aplicado modificaciones en cuestiones sensibles como la fórmula de movilidad jubilatoria.
Entre los puntos que se destacan de este nuevo texto, la administración de Milei se propone eliminar las jubilaciones de privilegio para el Presidente y el Vicepresidente, pero no así para los haberes vitalicios de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sería claro gesto de cercanía con el máximo tribunal, que deberá definir sobre el futuro del capítulo laboral del mega DNU de desregulación.
”Se le pone fin a un privilegio de la casta en donde los Presidentes accedían a una jubilación millonaria y vitalicia”, explican en el Gobierno. De esta forma, a partir de la sanción de la ley, “al Presidente y Vicepresidente de la Nación que culmine su mandato, le resultan aplicables las previsiones de la Ley 24.241, del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones”.
La medida no afectará los haberes que perciben actualmente Cristina Kirchner o Alberto Fernández, ya que solo regirá a partir de su sanción. En otras palabras, los primeros en no cobrarlas serán Milei y la vicepresidenta Victoria Villarruel.
Ley Ómnibus: Milei elimina jubilaciones de privilegio para la “casta” pero envía un guiño a la Corte Suprema
Lo cierto es que habrá un sector que mantendrá el beneficio: la Corte Suprema de Justicia. Así, los integrantes del máximo tribunal “quedan comprendidos en el régimen de asignaciones mensuales vitalicias que se establecen en el presente capítulo a partir del cese en sus funciones”.
El gesto llega días después de que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo habilitara la vía para que el Gobierno pueda llegar a la Corte Suprema con el recurso extraordinario que presentó contra la medida cautelar conseguida por la CGT contra DNU.
Se trata de una estrategia que lleva adelante el Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, que siempre entendió que sería la Corte Suprema la que definirá la cuestión. En rigor, el capítulo laboral de la resolución del Presidente seguirá suspendido hasta tanto se expida el máximo tribunal.
La sala de feria de la cámara laboral, integrada por los jueces Carlos Pose y Alejandro Sudera, resolvió “conceder el recurso extraordinario con efecto devolutivo”, según surge del fallo de tres páginas. La Procuración del Tesoro, que encabeza Rodolfo Barra, había reclamado que el recurso extraordinario fuera concedido con efectos suspensivos, para que la medida cautelar fuera desactivada, pero no lo logró.
Los jueces consideraron “que, aun cuando no se compartiese tal tesis, existen razones de gravedad institucional que legitiman la intervención del Superior por encontrarse afectado el funcionamiento de las instituciones jurídicas y la eficacia de un medio técnico que permite al Poder Ejecutivo emitir mandas de carácter legislativo que tienen eficacia inmediata salvo que sean dejadas sin efecto por el Congreso de la Nación”.
Se trata del segundo recurso para resolver sobre el mega DNU que llega a la Corte. El primero es el del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, un caso en el cual el máximo tribunal resolvió no tratar en la feria de enero, sino esperar a febrero.
El mes que viene, primero deberá opinar al respecto el Procurador General de la Nación, Eduardo Casal. Esta situación le da tiempo a la Corte para esperar a ver qué decidirá el Congreso este mes en cuanto a la Ley Ómnibus y la convalidación del megadecreto.