La Ley Ómnibus de Reforma del Estado que el presidente Javier Milei y todos sus ministros enviaron al Congreso para ser tratada en sesiones extraordinarias tiene un apartado dedicado a seguridad y defensa.
Lo más destacado viene por el lado de cambios en el Código Penal que agravan las penas para el delito de resistencia a la autoridad y a la vez amplía los supuestos en los que aplica la figura de legítima defensa. En otras palabras, se le da más respaldo a la Policía, ya que impone sanciones más severas a quienes agredan a un agente.
En concreto modifica el artículo 237 del Código Penal y sube la escala penal actual que va de un mes a un año a un año y tres años y seis meses de prisión para quien "empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal" y agrega al final el supuesto de "mientras estuviere cumpliendo sus funciones.”
Esto no solo supone un aumento nominal en las condenas sino que también implica que, de aprobarse el proyecto, una persona que sea declarada culpable de resistencia a la autoridad y es sentenciada a más de tres años de prisión podría ir a la cárcel. Algo que hasta ahora no ocurría sin la acumulación de una condena por otro delito.
Además, en el artículo 238 del Código aumenta las penas (que actualmente son de seis meses a dos años) a entre cuatro y seis años para quienes agreden a un agente usando un arma, entre tres o más personas, si el autor es funcionario público o "pusiere manos en la autoridad", en otras palabras, lo agrede a piñas.
"En el caso de ser funcionario público, el reo sufrirá además inhabilitación especial por el doble de tiempo del de la condena”, termina el artículo, por lo que la pena podría escalar hasta los 12 años de prisión.
El proyecto de ley ómnibus también alivia la presión sobre los ciudadanos que, ante un delito o un acto de violencia se defienden y terminan siendo sometidos a una causa penal. Algunos casos resonantes de los últimos años son el del médico Lino Villar Cataldo, de San Martín, el carnicero Daniel “Billy” Oyarzún de Zárate o el del herrero de Quilmes Jorge Adolfo Ríos.
Pero hay más: el primer artículo del apartado dedicado a seguridad y defensa propone derogar la Ley N° 21.770. A priori, el número no dice nada, pero al ver de qué trata esta norma, no se trata de una que vaya a pasar desapercibida en la Provincia de Buenos Aires.
Se trata de una ley secreta firmada en 1978 durante la última dictadura militar y vigente hasta hoy por la que se “autoriza a la Policía de la Provincia de Buenos Aires a importar como material secreto de seguridad, sin verificación previa y en las condiciones que tal caracterización supone, los elementos, materiales y/o equipos netamente especializados, destinados a su equipamiento y/o funcionamiento”.
A la vez, exime a la Bonaerense del pago de los derechos de importación, “así como de todo otro gravamen, contribución o tasa que deba tributar por todo concepto por las importaciones que realice en las condiciones autorizadas por el artículo 1º”.