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CAUSA PENAL

Ruta del dinero K: la Justicia valoró a Leo Fariña como arrepentido en la causa y no volverá a la cárcel

El empresario había declarado como arrepentido ante el juez Sebastián Casanello y el fiscal Guillermo Marijuan en abril de 2016.

Ruta del dinero K: la Justicia valoró a Leo Fariña como arrepentido en la causa y no volverá a la cárcel

La Justicia valoró el rol de Leonardo Fariña como arrepentido en la causa conocida como “La ruta del dinero K” y le redujo la pena a 3 años y 6 meses. De esa manera, el polémico empresario no volverá a la cárcel, donde ya estuvo detenido 2 años y 20 días.

El 8 de abril de 2016, Fariña declaró como arrepentido ante el juez Sebastián Casanello y el fiscal Guillermo Marijuan, y aportó las cuentas y las empresas que presuntamente se usaron para mover el dinero que sacaban desde la financiera SGI.

También contó que Báez le había revelado que parte del dinero negro que movía pertenecía al ex presidente Néstor Kirchner y se refirió a la obra pública como el delito precedente a las maniobras de lavado, por las que finalmente fue condenado.

En rigor, el empresario obtuvo de parte del TOF 4 una pena de cinco años de prisión. “La pena fue reducida en tres años por su rol de imputado colaborador”, aseveró el presidente del tribunal, Néstor Costabel, en el veredicto. El fiscal del juicio, Abel Córdoba, también destacó el aporte del arrepentido.

“La declaración de Fariña reunió los recaudos de la ley del arrepentido. El juicio está concluyendo, cualquier duda sobre el acuerdo se actualizó ante el tribunal. Fariña declaró durante cuatro audiencias. Eso ha permitido los términos de la colaboración de un modo acabado. Es falso que no haya respondido las preguntas”, sostuvo durante el juicio.

Casación afirmó que el tribunal oral solo tuvo en cuenta la falta de antecedentes penales de Fariña. “Se destaca que el tribunal oral no tuvo en miras ninguna otra pauta objetiva o subjetiva a favor del imputado; omisión que efectivamente se tradujo en un perjuicio concreto al permitir la aplicación de un mayor quantum punitivo”, expresa el fallo.

 


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