El juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet desestimó hoy el dictado de una medida cautelar "interina" para suspender la vigencia de artículos vinculados a la reforma laboral incorporada en el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 de desregulación de la economía.
Para el juez no es posible darle curso a la medida ya que aún no está en vigencia. Así lo decidió el magistrado al asumir la competencia para tramitar una demanda de inconstitucionalidad presentada por la central obrera, según una resolución dictada hoy.
Ramonet además sostuvo que no encuentra razonez “graves y objetivamente impostergables” para dictar la medida cautelar.
“En el supuesto traido a resolver, en el que se cuestiona la constitucionalidad del DNU 70/2023 en general, y de los aspectos laborales de dicho decreto en particular, y teniendo en cuenta que todavía no se encuentra vigente (conforme art.5 CCC), no encuentro que se den razones 'graves y objetivamente impostergables' (conf. Art.4 inc. 1ro. Párrafo 3), que habiliten el dictado de una medida cautelar “interina”, considerando para ello que la norma todavía no entró en vigencia, y que, de hacerlo solo afectaría a las situaciones que regula a partir de su vigencia, pudiendo, además, ser motivo de cuestionamiento en los procesos individuales que puedan suscitarse con motivo de su aplicación”, sostuvo el magistrado en su resolución.
Más allá de eso, el magistrado en al misma resolución se declaró competente para intervenit y le dio tres días al gobierno nacional para que responda la demanda.
La decisión del juez se dio justo en el mismo momento que la CGT y otras organizaciones gremiales, políticas y sociales marchaban a la Plaza Lavalle, frente al Palacio de Tribunales, para cuestionar el DNU.
En el amparo, la centra de los trabajadores apuntó sobre todo al artículo del DNU que se refiere a las reformas laborales que impulsó Milei. Se trata del título IV del DNU en el que se derogan leyes laborales y se hacen modificaciones a otras.
Los sisndicalistas pidieron su inconstitucionalidad y que previamente a resolver es planteo se dicte una medida cautelar que suspenda su entrada en vigencia.