El juez Federico Armiñana Dohorman dio lugar a la impugnación efectuada por el Ministerio Público Fiscal de Salta, contra la resolución del Juzgado de Garantías Nº 7 que había dictado el sobreseimiento del acusado por tres delitos imputados.
En este fallo de 60 fojas del juzgado se había dictado el sobreseimiento por el delito de daños, resistencia a la autoridad y privación ilegítima de la libertad en concurso ideal, cuando la policía fue a su domicilio el día 24 de mayo, los cuales ahora fueron revocados.
Desde el Ministerio Público Fiscal informaron que la defensa del fiscal apeló a la par la resolución del juzgado que rechazo el planteo de los abogados de Snopek de sobreseimiento del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por el género. Ante este planteo, Dohorman decidió nuevamente rechazar la apelación de la defensa del fiscal por lo que la causa seguirá adelante con todos los delitos imputados desde el inicio.
En lo que respecta a la revocación de los sobreseimientos, en el caso del delito de Daños, compartiendo la crítica efectuada por la fiscal, el juez sostuvo que no podía “ignorarse el contexto de violencia de género en el que se enmarcaron los perjuicios materiales irrogados”, en el cual la destrucción de objetos del hogar podía considerarse como violencia económica y patrimonial y que no resultaba procedente la excusa absolutoria prevista en el art. 185 del Código Penal”.
En lo que respecta a la imputación por el delito de Resistencia a la Autoridad, Dohorman argumentó en su fallo que “la acción típica no requiere necesariamente el uso de violencia física (como había considerado la Juez de Garantías) y puede incluir acciones de contenidos amenazantes hacia el personal policial”.
Esto el Tribunal de Impugnación entendió que se daba en el caso, al decir que de los elementos hasta ahora obrantes en el legajo fiscal, surgía que el imputado “les pedía a los efectivos sus nombres para hacerlos echar de la fuerza, haciendo gala así de su cargo como Fiscal para entorpecer la actuación de los efectivos, ejerciendo presión para desalentarlos en su cometido, a lo que cabe añadir que intentó sacarlos a los gritos del domicilio”.
Por último, en cuanto al delito de Privación ilegítima de libertad, Dohorman acotó que si el acusado, luego de que el personal policial ingresara a su domicilio, cerró las puertas con llave y se quedó con las mismas, expresando a viva voz que “no los dejaría salir y que no entraba ni salía nadie”, para el Tribunal es demostrativo del elemento subjetivo, al conocer y tener voluntad de llevar adelante su comportamiento, por lo que también revocó el sobreseimiento.
La causa avanza hacía un posible juicio
Fuentes del MPF señalaron a este medio que tras esta resolución del Tribunal de Impugnación, la causa avanzaría hacía el requerimiento de juicio.
Ya la fiscal Lujan Sodero había afirmado en julio que la fiscalía contaba con el material suficiente para solicitar que la causa se eleve a juicio. Ese requerimiento se había frenado dado los pedidos efectuados por la defensa de Snopek sobre el delito de lesiones, único que quedaba en pie luego de la resolución en primera instancia del Juzgado de Garantías.
Sin embargo, con la nueva decisión del Tribunal de Impugnación, el camino parece allanado para que la causa tome el giro hacia el enjuiciamiento.
Cabe destacar que Snopek tiene sobre su cargo un pedido de Jury para destituirlo de parte del Procurador General Interino de la Nación, Eduardo Casal, algo que una de sus denunciantes -Ana Galan- señala que viene esquivando bajo la excusa de licencia psiquiátrica y no encontrarse óptimo para afrontar el proceso.