Un sujeto de 37 años fue condenado en juicio abreviado a tres años de prisión condicional por resultar autor material y penalmente responsable del delito de estupro. El tipo de juicio, da por entendido que el masculino asume la su responsabilidad en el hecho. increíblemente, el mismo no penará la condena en instituciones carcelarias.
La jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, le fijó al imputado una serie de reglas de conducta que deberá cumplir durante tres años. Entre ellas, prohibición de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicológico para el control de sus impulsos y presentar trimestralmente las constancias que den cuenta de su evolución; prohibición de acercamiento a la víctima, a su domicilio y lugares que ella frecuente en un radio de doscientos metros; prohibición de establecer contacto con la damnificada por cualquier medio. Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena dictada en caso de incumplimiento.
Los hechos denunciados ocurrieron en la localidad salteña de Cachi. La damnificada padece retraso madurativo leve. Más allá de su edad cronológica, por su discapacidad presenta una personalidad infantil e inmadura. El acusado alquilaba una habitación en el mismo inquilinato y conocía este rasgo de la joven. No obstante, ingresó a su cuarto en varias oportunidades y mantuvo relaciones sexuales con la damnificada, sin que ella pudiera comprender la naturaleza de esos actos.
La jueza ordenó finalmente la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la víctima y su derecho a la intimidad y confidencialidad.