R. M. R. (24) recibió una pena de cuatro meses y seis días de prisión efectiva. La pena fue unificada con otra condena anterior y se la dio por cumplida debido al tiempo que la imputada llevaba privada de su libertad. Por esta razón se ordenó su libertad.
En el mismo fallo, por los mismos delitos, M. A. C. (25) fue condenada a cuatro meses y seis días de prisión condicional. Quedó en libertad por la modalidad de la pena dictada y se le fijaron reglas de conducta durante dos años. Entre ellas, abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas; no cometer nuevo delito; prohibición de acercamiento a la víctima.
La denuncia fue presentada el 22 de octubre del año pasado por un remisero. Dijo que se encontraba realizando viajes desde la localidad de General Güemes hasta Campo Santo cuando, sobre la ruta provincial 11 a la altura de una feria, cuando dos mujeres le hicieron señas. Subieron y le pidieron que las llevara hasta barrio Santa Rosa. Apenas llegaron le indicaron que las trasladara hasta el canal de barrio Santa Teresita. Ante esto, el conductor desconfió de las intenciones de las pasajeras y les pidió que se bajaran. Detuvo el remís en barrio SOEM y, rápidamente, una de las imputadas le sacó el celular y lo arrojó por la ventana.
La otra bajó del auto, tomó el teléfono y se desplazó en dirección a un cañaveral. La otra mujer la siguió y comenzaron a arrojarse el artefacto entre ellas para evitar que el denunciante lo recuperara. En un momento dado el celular cayó al suelo, lo pisaron y huyeron corriendo.