La jueza de la Sala II del Tribunal de Juicio de Tartagal, Sandra Mabel Sánchez, condenó a Ezequiel Tomás Aguilar, alias “Payo”, a la pena de diez años de prisión de ejecución efectiva por ser el coautor del delito de homicidio simple.
El joven de 19 años continuará detenido en la Alcaidía de esa ciudad. Además se ordenó realizar un examen psicofísico para su identificación integral y posterior inclusión en el banco de datos genético.
El 31 de julio del año pasado, Enrique Rodríguez salió de su domicilio, ubicado en el barrio Nueva Esperanza de Tartagal, cuando lo interceptó Aguilar, que iba acompañado por su hermano. Luego de mantener una discusión por cuestiones de dinero, uno de los hermanos lo sostuvo por la espalda mientras el otro lo apuñaló en el pecho.
El hermano de Aguilar, que tenía 15 años al momento del hecho, fue sobreseído por inimputabilidad. Como se recordará, el artículo 1 de la ley 22278 establece que el menor que no haya cumplido los 16 años no es punible. Por otro lado, el artículo 428 inciso “e” del Código Procesal Penal establece que el sobreseimiento procederá, entre otras cosas, cuando mediare una causa de inimputabilidad.