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Justicia salteña: Denunciarán a los jueces del caso Rangeón y les iniciarán jury

También iniciarán acciones legales contra Carolina Cornejo, psicóloga del CIF. Demandarán a los magistrados por incumplimiento en los deberes de funcionario público.

Un juez que se quedaba dormido o atendía un telefono celular, las perlitas que acompañarán las denuncias.
Un juez que se quedaba dormido o atendía un telefono celular, las perlitas que acompañarán las denuncias.

El juicio contra Pablo Marcelo Rangeón, el productor de moda salteño condenado a siete años de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal, dejó varias aristas. Además del fallo que el cuerpo colegiado resolvió de manera unánime, absolviendo al imputado por la duda en cinco de los seis hechos de abuso sexual, las audiencias también arrojaron momentos particulares que hoy se materializan en denuncias contra los jueces y una de las peritos del Cuerpo de Investigaciones Fiscales. La encargada de realizar las demandas es la doctora Sandra Domené, quien junto a Sergio Agero fueron los abogados querellantes de las seis víctimas.

"Voy a demandar a los tres jueces por incumplimiento de los deberes de funcionario público porque el juez Pablo Farah se durmió mientras una de las víctimas declaraba, lo cual incumple en el ejercicio de sus funciones en las audiencias de debate afectando el carácter de inmediatez de la prueba como así también la continuidad. Porque no solo hace al hecho de que no haya exceso en la suspensión de los días de audiencias, sino también que no haya ninguna afección en los recuerdos del juez a la hora de fundamentar la sentencia y evaluar las pruebas para dictar un veredicto", sostuvo Domené. "Qué análisis puede hacer si él estaba dormido, durante ese tiempo no pudo escuchar a la víctima y tampoco al imputado", agregó.

"Aquí lo grave es que afecta también el buen trato a la víctima, conforme al artículo 99 inciso A del Código Procesal Penal incumple y afecta el buen trato que tiene que tener la víctima, respetuoso, respecto a las autoridades competentes", sostuvo la letrada, además de afirmar que pasó lo mismo "en cuanto al imputado, ¿cuál es la apreciación que toma respecto a las declaraciones del imputado?, hizo varias durante el proceso, entonces en la valoración de las pruebas no hubo una objetividad absoluta".

La doctora señaló que en una de las fotos se observa "que la presidenta del tribunal -Gabriela Romero Nayar- observa y toma conocimiento de que el vocal -Farah- está dormido, con lo cual al advertir eso y en el ejercicio de sus funciones, tendría que haber tomado medidas, la suspensión de la audiencia o un cuarto intermedio, pero no lo hizo y el juez siguió durmiendo. Pero sí tomaron la decisión a partir de ese hecho de no dejar que los trabajadores de prensa sacaran fotos durante las audiencias para no volver a mostrar cómo el vocal se dormía, porque lo siguió haciendo de manera indiscriminada durante la audiencia de debate".

Si bien los más comprometidos en la denuncia que realizará Domené son el doctor Farah y la doctora Nayar, en su carácter esta última de presidenta del tribunal que observó el momento en que su par dormía, "en cuanto a Mónica Faber lo hacemos por una cuestión que formó parte del tribunal, pero los más comprometidos son el juez y la presidenta del tribunal".

Para la abogada querellante de las víctimas el incumplimiento de los deberes en que incurrieron los jueces afecta "directamente la apreciación respecto a la valoración de la prueba ofrecida durante las audiencias y, por ende, ¿qué grado de validez tienen la sentencia y los fundamentos? Un tribunal de tres, cuando uno de los jueces no coincide plenamente en la decisión, es la mayoría la que lo hace, pero en este caso el juez no formó parte, ¿qué opinión válida puede tener?, y de esto estaba al tanto la presidenta".

Psicóloga del CIF

Entre los distintos peritos que pasaron por el Salón de Grandes Juicios, subsuelo del Poder Judicial de esta capital, testificó la licenciada en Psicología del CIF Carolina Cornejo, a quien Domené también demandará. "Se la demandará en cuanto realizó un análisis prejuicioso, apartándose de su rol objetivo de perito para incurrir en apreciaciones subjetivas y personales, prejuiciosa al punto tal que llegó a calificar -a S.Y.G., la primera denunciante- de una manera semejante al ejercicio de la prostitución a cambio de los beneficios que supuestamente ella dice que le brindaba Rangeón a S.Y.G., por ende corresponde la denuncia penal y no lo hace de manera culposa, sino dolosa".

El uso del celular, ¿otra distracción?    

Además de dormirse, el magistrado -vocal interino- también se mostró fuera de contexto a la hora de intervenir entre las partes. “Tampoco estaba atento a lo expuesto por las partes, cuando la querella hablaba de los puntos de la ciudad -por donde anduvo Rangeón- el magistrado preguntó ¿por qué hablaba del Monumento 20?, desconociendo absolutamente de qué se estaba hablando”, contó Domené. Farah expuso su extravío también cuando intentó corregir a uno de los defensores porque éste hablaba del delito de estafa. “No es lo que se está juzgado”, recriminó el vocal, sin embargo, era uno de los delitos junto al abuso sexual con acceso carnal denunciado por Y.P. “Entre que se dormía y el uso del teléfono celular, más vale que no va a entender las preguntas”, sentenció la abogada querellante, quien además dijo que iniciará un jury al tribunal.  

El Tribuno


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