El 22 de julio de 2022 Pablo Rangeón fue condenado a la pena de siete años de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C.F.R. En ese fallo, los jueces de la Sala V absolvieron al productor de moda salteño por el beneficio de la duda en otras cinco acusaciones, también por abuso sexual. Ahora, desde el Tribunal de Impugnación Sala III revocaron ese último fallo y la causa deberá volver a la misma sala de origen para un nuevo pronunciamiento.
Rangeón fue absuelto por el beneficio de la duda respecto al delito de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de S.Y.G.; abuso sexual con acceso carnal y estafa en perjuicio de J.P.R.P.; abuso sexual simple en perjuicio de M.L.B.; abuso sexual simple continuado en perjuicio de M.P.G. E. y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C.V.A.
Con la nueva disposición por parte de Impugnación Sala III, en la causa quedó confirmada la condena a siete años, de esa manera rechazaron el recurso de casación interpuesto por la defensa de Rangeón, a cargo del doctor Fernando Díaz, quien pidió la absolución en el fallo que condenó a su cliente, y revocó la absolución por los otros cinco abusos con lo cual la causa volverá a la sala de origen desde donde deberán emitir un nuevo pronunciamiento conforme a lo dispuesto por la Corte de Justicia de Salta.
El pedido efectuado en casación para que se revoque la absolución del diseñador de modas lo realizó el fiscal penal interviniente, Pablo Rivero, y la doctora Sandra Domene, quien trabajó en la actoría civil y como querellante de las víctimas. Ahora la pena contra Rangeón podría elevarse a por lo menos 20 años.
Sin perspectiva de género
Tanto para la doctora actuante en la actoría civil y la querella, Sandra Domene, como para el fiscal Pablo Rivero, en representación del Ministerio Público Fiscal de la provincia, el fallo dictado en julio de hace dos años por los jueces Gabriela Romero Nayar (presidenta), Mónica Faber (vocal) y Pablo Farah (vocal interino) no tuvo perspectiva de género, entre otros yerros que interpretan existieron.
Para Rivero, hubo casos con relatos coherentes, sostenidos en el tiempo, incluso con comentarios antes de radicar denuncia, no pueden ser tachados de mendaces y ni fabuladores, cuentan con testigos en algunos casos presenciales y en otros indirectos. Además de eso, señala que al tribunal le corresponde hacer un análisis "no estereotipado y que contemple las características de este tipo de relatos como las relaciones de poder asimétricas que subyacen".
Para Domene "la obligación de reparar se refuerza en este caso por el deber de juzgar con perspectiva de género, deber que no implica desconocer el derecho, sino por el contrario, aplicarlo de modo tal que la reparación a una víctima de violencia de género no se vea malograda por una interpretación poco comprensiva de los aspectos que implican la violencia hacia las mujeres".
"Interpreto que la jurisdicción de mérito careció de perspectiva de género para evaluar el caso sometido a su decisión y en la misma línea, obvió examinar la evidencia bajo aquella mirada. Juzgar con perspectiva de género no es opcional, es un deber legal", agregó.
Cambió el monto económico
Desde el Tribunal de Impugnación III resolvieron también hacer lugar de manera parcial al recurso de casación interpuesto por la abogada Domene –actoría civil- en cuanto a establecer una nueva suma en concepto de resarcimiento para la víctima C.F.R., pasando del monto de un millón y medio de pesos a 2.500.000 pesos que el condenado deberá pagar con intereses (8%) desde la fecha de ocurrido el hecho. El resto de los resarcimientos será evaluado en el nuevo análisis que realizarán los magistrados de la Sala V del Tribunal de Juicio.
Productor de moda, "un abusador serial"
La doctora, especializada en el derecho penal, Sandra Domene fue junto al representante del Ministerio Público Fiscal, quien llevó al productor de moda Rangeón al banquillo de los acusados. Tras recibir el fallo de Impugnación le dijo a El Tribuno: "Me quedo tranquila porque cuando dije que era un abusador serial no mentía".
"Creo que es tiempo en que la justicia de Salta cambie, de una vuelta de tuerca y los que tengan que caer que caigan", sostuvo la letrada en diálogo con este medio.
Las citas de la abogada salteña se hacen eco en un marco de un juicio donde el imputado no tuvo reparo en señalar a viva voz que ofrecía prostitutas vip a la gente del poder Ejecutivo y Legislativo, nombrando a funcionarios de altísimo rango.
"Soy salteña y como ciudadana de esta provincia voy a seguir luchando para que la justicia caiga sobre quien deba caer, y es bueno que en Salta la justicia empiece a demostrar que no hay intocables, ya sea en primera instancia o en segunda instancia los intocables caen. Lo vimos a nivel nacional con Cristina ahora con Rangeón", apuntó Domene.
Para la defensa de Rangeón, a la que le rechazaron el recurso de absolución en la causa que fue condenado a siete años, la sentencia no tuvo el grado de certeza necesario sino más bien una "caprichosa actitud de forzar las pruebas colectadas para valorarlas de forma antojadiza y justificar la decisión condenatoria en vulneración de la deuda sobre su configuración".
Para el defensor el daño causado no pudo acreditarse con "pruebas reales y contundentes", con lo cual "resulta paradójico que en los fundamentos se haga alusión a la falta de arrepentimiento por un delito del que el imputado siempre sostuvo su inocencia".
Fuente El Tribuno