MÁS DE POLICIALES



Solo en Salta

Representa al gobernador y a su hombre de confianza: Sospechan que el abogado que quiso litigar con credencial trucha puede no tener título

Si bien la detención se produjo en el mes de julio del corriente, fue recién el pasado martes 11 de octubre que el hombre fuera imputado. Ahora exigen conocer si no usurpó un título.

El abogado imputado durante la audiencia de formalización de la imputación
El abogado imputado durante la audiencia de formalización de la imputación

Cuando pensamos que ya vimos todo, siempre algo nos sorprende. El suceso de la semana estuvo relacionado a la imputación de un abogado que intentó litigar en el fuero federal utilizando una licencia trucha. Por el hecho, Martín Miguel Poma Ovejero, fue detenido el 1 de julio de este año, e imputado el martes pasado por los delitos de falsificación de documento y falta de habilitación para representar a un cliente en una audiencia judicial, previstos en los artículos 292 y 247 del Código Penal. Poma Ovejero es a su vez patrocinante legal del gobernador Gustavo Saénz y el Coordinador Administrativo del gobierno de Salta, Nicolás Demitrópulos, en la presentación de un amparo Constitucional, contra el Sr. Luis Ángel Caro. Dicho amparo buscaba impedir que Caro realice publicaciones informando sobre ambas figuras públicas.

Conocida la imputación, Luis Caro, mediante su abogado patrocinante, el Dr. Humberto Vázquez, solicitaron el día de ayer a la Corte de Justicia de Salta que: “ante los hechos de pública trascendencia con respecto a la imputación penal del letrado patrocinante de los actores, Martin Miguel Poma Ovejero, conforme surge del siguiente link: https://www.fiscales.gob.ar/fiscalias/salta-imputan-a-un-abogado-por-litigar-en-el- fuero-federal-con-una-credencial-apócrifa/, es que vengo a solicitar se libre oficio al Colegio de Abogados de la Provincia de Salta, a los fines de que informe si el mencionado precedentemente posee Título de Abogado real para desempeñarse como tal, adjuntando las copias de la documentación pertinente”.

Caro, dueño del sitio Noticias Aerom, y quien mantuvo una postura crítica de la gestión provincial, también solicita que el Colegio de Abogados informe sobre “la fecha de inscripción en el mismo, si posee suspensiones y si en la actualidad tiene matrícula profesional vigente”.

Finalizando, el patrocinante de Caro, pide llamar a declarar al abogado que litigó con una licencia apócrifa y fue descubierto, Martin Miguel Poma Ovejero, y aclare “por qué una cuestión de carácter personal pudiera afectar el desarrollo y resultado de este proceso judicial, lo que evidentemente pone en tela de juicio la actuación e independencia dé la Justicia en la Provincia de Salta, máxime cuando el único proceso judicial de amparo iniciado por Gustavo Sáenz (Gobernador) y Nicolás Demitrópulos (Coordinador Poder Ejecutivo Provincial) contra el suscripto como titular de medios digitales, es este proceso judicial”.

La declaración es de vital importancia, ya que Poma Ovejero había aducido que “Yo pido que se haga la reserva del nombre por el principio de inocencia, aunque yo demuestre esto al final del proceso. El daño que puede hacer a mi profesión, a mi reputación, y más que estoy llevando tres juicios contra la prensa en nombre del gobernador (Gustavo) Sáenz, me puede afectar muchísimo"-"Acto seguido, el letrado acusado reiteró que tramita un amparo contra diarios y portales informativos de la provincia. Yo lo único que pido es que se reserve el nombre del imputado...”, cuando se dio el proceso de detención en su contra.

El pedido a la Corte de Justicia de Salta

El pedido a la Corte de Justicia de Salta

La Causa que llevo a Ovejero a ser imputado esta semana

A instancia del fiscal general Carlos Martín Amad, de la Unidad Fiscal Salta, el juez de Garantías N°1 Julio Bavio hizo lugar anteayer a la imputación penal por los delitos de falsificación de documento y falta de habilitación para representar a un cliente en una audiencia judicial, previstos en los artículos 292 y 247 del Código Penal.

La acusación recayó sobre el abogado Martín Miguel Poma Ovejero, detenido el 1° de julio pasado por orden del juez de Ejecución y Sentencia del Tribunal Oral Federal N°2, Abel Fleming, luego de descubrir que el letrado se había presentado en defensa de un recluso sin contar la matrícula federal correspondiente.

Luego se logró establecer que la credencial de abogado presentada había sido adulterada y que la identidad consignada en ella no era la propia, sino la de otro abogado. En función de ello, el juez ordenó la inmediata detención, que se mantuvo hasta horas después, cuando se comprobó su verdadero nombre.

A partir de este hecho, el fiscal Amad inició una investigación preliminar que anteayer fue formalizada ante el juez Bavio, quien aceptó los argumentos expuestos por la fiscalía, como también una serie de medidas de coerción requeridas para garantizar el desarrollo del caso.

Sobre la acusación, el representante del Ministerio Público Fiscal explicó en detalle lo sucedido en la audiencia desarrollada ante el juez de ejecución y sentencia, en la que el imputado Poma Ovejero se presentó para representar los intereses de Gastón Gabriel Roldán.

“Este señor -por el acusado- se identificó con una matrícula federal del interior a nombre de Jesús Nicolás Graneros, credencial que presentaba signos evidentes de haber sido adulterada”, sostuvo el fiscal en referencia a las razones por la que se ordenó, en ese momento, su detención.

Entre las medidas diligenciadas para determinar su verdadera identidad, describió la toma de huellas dactilares, la verificación en su domicilio particular a través de familiares y la constatación de su lugar de trabajo, lo que permitió corroborar que “no era quien decía ser”.

En materia probatoria, en tanto, el fiscal enumeró la prueba documental reunida, en especial informes realizados por la Policía Federal, otro provisto por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta respecto al legajo del abogado Graneros, cuya matrícula sí estaba activa, lo que no sucedió con relación a Poma Ovejero, ya que el Sistema Único de Matrículas Federales, constituido conforme a la Ley 22.192, no reveló que el imputado tuviera habilitación en ese registro.

Credencial adulterada

También resaltó el resultado de una pericia realizada sobre la matrícula federal secuestrada al acusado, de la que surgió que la credencial “no cumple con los requisitos de originalidad establecidos por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta; por lo tanto, resultó apócrifa en cuanto a su soporte”.

Entre otros reportes, el fiscal informó al juez que Poma “ya tiene un antecedente condenatorio, que data del 10 de mayo de 2018”. “El Juzgado Correccional de Primera Nominación -de la justicia provincial- condenó a este señor a dos años de prisión condicional por homicidio y lesiones culposas”, indicó el fiscal general.

Desde la defensa, en tanto, se cuestionó la acusación requerida respecto a la falta de habilitación para el ejercicio de la profesión en los tribunales federales, por entender que Poma Ovejero no usurpó ningún título y reafirmó que el imputado posee la acreditación correspondiente emitida por la Universidad de Belgrano.

En respuesta, la fiscalía aclaró que en ningún momento puso en dudas la calidad de abogado del imputado, sino la “falta de habilidad” para litigar en la audiencia judicial en la que fue descubierto con una credencial apócrifa y a nombre de otro letrado.

Sobre esta cuestión, el juez compartió los argumentos de la fiscalía y validó la calificación legal requerida contra Poma Ovejero. “En este estado embrionario (del proceso investigativo), le encuentro razón al fiscal”, dijo el magistrado al dar por formalizada la investigación penal contra el abogado.

Por último, y al referirse a las medidas de coerción, el juez convalidó el pedido de la fiscalía para que el acusado “se someta al proceso judicial en curso, no obstaculice el mismo, dada su calidad de abogado y se presente regularmente en la Oficina Judicial”, con un plazo fijado en 30 días por el magistrado. El juez rechazó la solicitud del fiscal para que al imputado se le prohíba salir del país.

La publicidad del proceso

En el inicio de la audiencia la defensa de Poma Ovejero objetó la presencia en la sala de un periodista del Área de Prensa de la Unidad Fiscal Salta. “Mi asistido es abogado y se encuentra bastante incómodo con la presencia en la sala de un periodista”, sostuvo la defensa del letrado. Si bien reconoció que el comunicador es integrante del Ministerio Público Fiscal y que las audiencias son públicas, señaló la necesidad de cumplir con un mandato expreso de su cliente.

“Yo pido que se haga la reserva del nombre por el principio de inocencia, aunque yo demuestre esto al final del proceso. El daño que puede hacer a mi profesión, a mi reputación, y más que estoy llevando tres juicios contra la prensa en nombre del gobernador (Gustavo) Saenz, me puede afectar muchísimo”, manifestó el letrado imputado.

A su turno, el fiscal recordó que Poma Ovejero “es imputado y estamos en el inicio de un proceso que es oral, público y me parece que no hay ningún tipo de daño, máxime si aún no escuchó los cargos, aunque yo creo que él sabe perfectamente lo que hizo; venir a decirnos acá que es el abogado del gobernador de la provincia, me parece que no ayuda en nada”.

El fiscal remarcó que “este es un proceso público” y a mi parecer el imputado “quiere plantear un caso de censura previa”, por lo que solicitó que sea rechazada la pretensión realizada por considerar que no existió ninguna violación de sus garantías constitucionales.

Acto seguido, el letrado acusado reiteró que tramita un amparo contra diarios y portales informativos de la provincia. “Yo lo único que pido es que se reserve el nombre del imputado”, insistió el letrado, para quien la imputación se trata solo de una “confusión”.

Al dirimir la cuestión, el juez Bavio rechazó el pedido defensivo en base al criterio ya adoptado en la materia. “Por diferentes motivos, siempre, un proceso penal que se inicia, puede subjetivamente -por parte del imputado- sentir que se puede afectar su buen nombre y honor, pero el principio de publicidad del proceso es el que impera y no puede ser invocado con anterioridad”.

El juez no descartó un nuevo análisis del pedido si en lo sucesivo del proceso surgen elementos que justifiquen la afectación de la intimidad. “Entonces se tendrá en cuenta”, advirtió. “Pero acá hubo personas sentadas que tenían vinculaciones familiares y políticas muy importantes; y se resolvió que, por ello, no podía disponerse una reserva porque el principio basal del sistema oral es la publicidad”, agregó el juez al dar por cerrado el cuestionamiento.

Al final de la audiencia, la defensa volvió a insistir en el pedido de reserva del nombre del imputado. El mismo Poma Ovejero insistió en sostener que existirá confusión por parte de los medios de prensa, pues “ningún periodista va entrar en la diferencia” entre usurpación de título y la falta de habilitación o credencial, planteo que volvió a ser rechazado por el juez.

“De los fundamentos dados por el Ministerio Público Fiscal, se expuso claramente que sí posee título de abogado, también expresado por su defensa, y que no tenía autorización para ejercer la matrícula federal y probablemente usó una credencial falsa, esa es la imputación. Y la comunidad tiene derecho a saber que habría incurrido en esa potencial infracción”, concluyó.


¿Te gustó la noticia? Compartíla!