La Unidad Fiscal integrada por los fiscales penales Claudia Carreras y Pablo Cabot, tomó conocimiento de la resolución de la Sala II del Tribunal de Impugnación, donde se resuelve el recurso de apelación presentado ante el beneficio de arresto domiciliario concedido por el Juzgado de Garantías 1 del distrito Judicial Oran, para un hombre de 30 años, imputado como autor del delito de homicidio doblemente calificado por la relación de pareja y por mediar violencia de género en perjuicio de una mujer de 27 años, quien fue encontrada sin vida en el patio interno de un edificio céntrico el pasado mes de febrero en esa ciudad.
Cabe recordar que el pasado viernes 14 de abril, desde el Juzgado de Garantías interviniente, se notificó a los Fiscales de la resolución del Juez de disponer la prisión preventiva del imputado bajo la modalidad de arresto domiciliario, proveyendo el pedido de prisión preventiva de la Fiscalía que el propio Juez había declarado inadmisible.
Ante esta situación, se presentó un nuevo recurso de apelación ante el Juzgado de Garantías, solicitando que se revoque el arresto domiciliario concedido al imputado por el riesgo procesal de fuga, de entorpecimiento de la investigación y por la naturaleza del hecho investigado.
Allí los fiscales Carreras y Cabot evalúan además, que el Juez no meritúa la conducta procesal del imputado a posterior del hecho, ya que no brindó asistencia ni primeros auxilios y se dirigió en su vehículo particular a la zona de frontera, lo cual sumado a la actividad económica que desarrolla el encartado, resulta irrisoria la caución con la cual fue beneficiado.
En los considerandos de la resolución, la vocal 2 de la Sala II del Tribunal de Impugnación, María Edith Rodríguez, analiza los planteos del recurso de los representantes del Ministerio Público Fiscal y de la querella y se expresa de manera puntual sobre el riesgo de fuga, el riesgo de entorpecimiento de la investigación y sobre la caución real prestada por el acusado, la que resulta asimétrica si se tiene en cuenta su situación patrimonial y que dista de lo necesario para cubrir aquella pena con la que se amenaza el posible delito que se le investiga.
Finalmente resuelve hacer lugar a los recursos de apelación presentados y revocar el arresto domiciliario dispuesto por el Juzgado de Garantías 1 de ese distrito, ordenando la inmediata detención del acusado y el cumplimiento de la prisión preventiva en la unidad penitenciaria que corresponda.
Dispone también que la orden de detención y traslado se hagan efectivos por el Juzgado de Garantías Nº 1 del Distrito Judicial del Norte – Orán, en forma inmediata.