María Alejandra Torrado, de 55 años, y Luis Eduardo Caballero, de 63, fueron condenados dos años y ocho meses de prisión condicional como “coautores de los delitos de estafa y falsedad ideológica en concurso ideal”, se difundió hoy en el parte de prensa oficial del Poder Judicial de Salta. Ella es escribana, él es contador y estaban acusados de fraguar la venta de un terreno en Tres Cerritos.
El denunciante refirió que se encontraba en un terreno de su padre F. L., ubicado en barrio Tres Cerritos, cuando se presentó un hombre y le preguntó quién era y qué hacía ahí. Le respondió que era el hijo del dueño y el sujeto le dijo que se fuera porque él había comprado el inmueble.
Ante esto, la hermana del denunciante se dirigió a la Dirección General de Inmuebles para solicitar una copia de la cédula parcelaria del terreno y le informaron que había sido vendido a Luis Eduardo Caballero mediante escritura pública rubricada por la escribana María Alejandra Torrado.
En la escritura se acreditaba la supuesta venta realizada por el propietario del inmueble, F. L., con datos que fueron insertados dolosamente por la escribana Torrado, quien no podía desconocer que la persona que se presentaba no se correspondía con la documentación presentada en esa oportunidad.
La conducta de Torrado posibilitó que Caballero llevara adelante la estafa de “adquirir” un inmueble a sabiendas de que su titular original nunca llevó adelante la venta del mismo. A la escribana se le fijaron cuatro meses de inhabilitación absoluta. La audiencia de debate llevada a cabo en la Sala VII del Tribunal de Juicio y el juicio unipersonal fue presidido por la jueza Paola Marocco.
La condena para Torrado y Caballero es condicional, por lo que permanecerán en libertad, pero se les fijaron reglas de conducta durante tres años. Deberán establecer residencia en la ciudad de Salta e informar al tribunal sobre cualquier cambio. Tendrán que someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados y les prohibieron comunicarse con el damnificado por cualquier medio (verbal, escrito, teléfono, whatsapp, etc.).
Además les ordenaron realizar trabajos no remunerados a favor de una institución de bien público por cuatro horas semanales, por el término de seis meses y presentar las constancias respectivas para acreditarlo. Si incumplen cualquiera de estas medidas se les puede revocarse la condicionalidad de la condena, lo que implica que irían a la cárcel.