La mujer fue denunciada por su expareja, quien manifestó que mantuvo una relación de cinco años con la imputada y se encontraban separados desde hacía ocho años. Señaló que tenían dos hijos en común.
Entre otros hechos, el denunciante refirió que en una oportunidad la acusada se fue del país llevándose a uno de los menores sin su autorización.
El juez Francisco Mascarello, vocal de la Sala VII del Tribunal de Juicio, ordenó la libertad de la acusada por la modalidad de la pena impuesta y sin perjuicio de lo dispuesto por otro tribunal. Le dictó las siguientes reglas de conducta: fijar residencia y someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; no cometer nuevo delito; prohibición de acercamiento a una distancia de 300 metros del denunciante y de ejercer actos de violencia física o psíquica en su perjuicio y en el de sus hijos menores; prohibición de salir de la provincia y del país sin autorización judicial; adoptar oficio adecuado a su capacidad en un plazo prudente. Todo ello por el término de dos años y seis meses, con estricto apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.