MÁS DE POLICIALES



PADRASTRO ABUSADOR

Salteño fue condenado a 3 años de prisión por abusar sexualmente de su hija y su hijastro

El imputado C. H. R. fue denunciado por el padre de los menores damnificados.

Salteño fue condenado a 3 años de prisión por abusar sexualmente de su hija y su hijastro

Un sujeto de 25 años fue condenado en juicio abreviado a tres años de prisión condicional por el delito de abuso sexual simple (dos hechos), en concurso real, en perjuicio de una hija y un hijo de su pareja.

El procedimiento se llevó a cabo en la Sala I del Tribunal de Juicio, presidido por el juez interino Ángel Amadeo Longarte.

El imputado C. H. R. fue denunciado por el padre de los menores damnificados. Dijo que su hija le contó que cuando tenía once años, el imputado –quien era pareja de su madre- la sometía a tocamientos cuando ella y su hermano se quedaban a su cuidado.

El denunciante amplió luego la denuncia relatando que su hijo también le manifestó que C. H. R. había abusado de él cuando su madre viajaba por cuestiones de trabajo.

El juez le fijó al condenado una serie de reglas de conducta que deberá cumplir durante cuatro años para conservar la prisión en suspenso: fijar domicilio; someterse al cuidado de la autoridad de control; no consumir estupefacientes ni abusar de bebidas alcohólicas; prohibición de acercamiento a menos de 200 metros de los damnificados y de establecer cualquier tipo de contacto con ellos; realizar tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia y acreditar su cumplimiento.

El juez ordenó finalmente la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.

Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de los menores y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.


¿Te gustó la noticia? Compartíla!