El Observatorio de Derecho Informático Argentino (O.D.I.A.) y Democracia en Red presentaron un amparo colectivo para que se declare la inconstitucionalidad de la Decisión Administrativa 431/2020 dictada por la Jefatura de Gabinete. La presentación busca “regular y salvaguardar” las bases de datos creadas durante la pandemia de coronavirus.
Considera que “bajo el paraguas de lo que supuso la situación de emergencia originada por la pandemia COVID-19 en 2020, el Estado continúa haciendo uso indebido de nuestros datos personales”. Incluye también varios artículos de la Ley de Datos Personales, sancionada en el año 2000. La jueza Cecilia De Negre, a cargo del Juzgado 8, tiene a cargo la resolución.
Según las ONG denunciantes, la situación se agrava teniendo en cuenta que se trata de un año electoral, en el que esos datos sospechan que podrían ser usados “para fines políticos” y de esta manera “buscar incidir en la voluntad de los votantes”.
Denuncian que el Estado sigue usando bases de datos creadas para atender la pandemia
Durante la pandemia de coronavirus, para poder circular por la Argentina, el Gobierno creó al App Cuidar, en la que con número de CUIT se cargaban datos personales y laborales, de la situación sanitaria de cada persona y era el medio para solicitar permisos de circulación. Con el pasar del tiempo, la App fue reemplaza por Mi Argentina, que contiene toda la documentación de cada argentino, por lo que la primera aplicación debería haber quedado en desuso.
En el marco de la emergencia sanitaria, que permitió la creación de esas aplicaciones para los celulares, se dictó la Decisión Administrativa 431/2020 que ordena que “las jurisdicciones, entidades y organismos de la Administración Pública Nacional (...) deberán transferir, ceder, o intercambiar entre sí y bajo la supervisión de la ‘Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional’ los datos e información que, por sus competencias, obren en sus archivos, registros, bases, o bancos de datos, con el único fin de realizar acciones útiles para la protección de la salud pública, durante la vigencia de la emergencia en materia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20, con motivo de la pandemia por coronavirus COVID-19″.
“La irrupción de la pandemia, las medidas de aislamiento y la obligatoriedad de uso de aplicaciones sanitarias trajeron aparejado un incremento de proporciones inéditas en la recopilación de datos personales por parte del Estado. Al día de hoy, cuando la situación sanitaria actual dista mucho de ser la misma que en 2020, siguen vigentes normas dictadas por la Administración pública que permiten la recolección, tratamiento y transferencia de datos personales entre distintos organismos del Estado”, dijeron desde O.D.I.A. y Democracia en Red.
Para las ONG’s denunciantes, mantener vigente esta resolución en la situación sanitaria actual “es un peligro” y “puede atentar contra la base de la democracia”, por eso piden que la jueza la deje “sin efecto, mediante el pronunciamiento de inconstitucionalidad”.
Sospechan sobre el uso político de datos recopilados en pandemia
La gran pregunta que se hacen O.D.I.A. y Democracia en Red tiene que ver con los motivos para no dar de baja la resolución que obliga a jurisdicciones, entidades y organismos de la Administración pública a transferir sus bases de datos a la Jefatura de Gabinete que, de esta manera, cuenta con la invaluable posibilidad de cruzar información y conocer a cada argentino al detalle.
“Esta norma mediante la cual se recopila y transfiere información sensible de la ciudadanía es, a nuestro entender, de dudosa legitimidad, más aún sin emergencia sanitaria”, señalaron las organizaciones.
Según dijeron, esta decisión administrativa “atenta directamente contra la Ley de Protección de Datos Personales que, entre sus principios generales, estipula la necesidad de contar con el consentimiento ‘expreso, libre e informado’ otorgado por el titular del dato cedido. Al mismo tiempo, la ley en vigencia regula mecanismos a cumplir por la Administración pública cuando requiera el uso de estos datos. Pero con este escenario, la DA no obliga a ninguno de estos recaudos, dándole a la Administración pública omnipotencia absoluta sobre esta inmensa base de datos personales”.
“Nuestra preocupación por la gravedad de los excesos incurridos por el Estado se acrecienta si tenemos en cuenta que nos encontramos en la antesala a las elecciones presidenciales. En este contexto, consideramos pertinente hablar de antecedentes internacionales (Cambridge Analytica) y nacionales (causa ‘Torres Abad, Carmen c/ EN-JGM s/ Habes Data’) de gran similitud”, indicaron las organizaciones.
En el mismo sentido, advirtieron que “si la Administración pública decidiera utilizar esta masa indeterminada de datos personales para fines políticos, podría valerse de los mismos para buscar incidir en la voluntad de los votantes”.
La causa está en manos de la jueza De Negre, que será la encarga de resolver el pedido de ambas ONG’s, ante lo que consideran un “uso indebido de datos personales”.