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Elecciones 2023

El Gobierno publicó el decreto de convocatoria para las elecciones provinciales y municipales 2023

Se convoca al Cuerpo Electoral de la Provincia para el próximo 14 de mayo, a los fines de elegir Gobernadora o Gobernador y Vicegobernadora o Vicegobernador; sus representantes ante las Cámaras Legislativas

El Gobierno publicó el decreto de convocatoria para las elecciones provinciales y municipales 2023

El Poder Ejecutivo oficializó, a través de la publicación del Decreto Nº909, la convocatoria al Cuerpo Electoral de la Provincia para el día domingo 14 de mayo de 2023, donde los salteños podrán elegir a quienes ocuparán por los próximos cuatro (4) años los cargos de quienes serán Gobernadora o Gobernador y Vicegobernadora o Vicegobernador de la Provincia; sus representantes ante las Cámaras Legislativas de la Provincia; Intendentes y Concejales. Se utilizará la boleta única electrónica.

La convocatoria a elecciones se realiza con una antelación mayor a seis (6) meses cumpliendo con la Ley Nº 8332, articulo 17, mediante la cual se establece este periodo de tiempo por la suspensión de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias.

El Decreto Nº909, está firmado por el gobernador de la Provincia, Gustavo Sáenz y los ministros de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, Ricardo Villada, de Economía y Servicios Públicos, Roberto Dib Ashur y la secretaria General de la Gobernación, Matilde López Morillo.

Cargos a elegir

Por un periodo de cuatro (4) años: Gobernadora o Gobernador y Vicegobernadora o Vicegobernador de la Provincia.

Senadoras o Senadores Provinciales: Anta: Un (1) titular y uno (1) suplente; - Cerrillos: Un (1) titular y uno (1) suplente; - Iruya: Un (1) titular y uno (1) suplente; - La Candelaria: Un (1) titular y uno (1) suplente; - La Viña: Un (1) titular y uno (1) suplente; - Metán: Un (1) titular y uno (1) suplente; - Orán: Un (1) titular y uno (1) suplente; - Rivadavia; Un (1) titular y uno (1) suplente; - Rosario de la Frontera: Un (1) titular y uno (1) suplente; - San Martín: Un (1) titular y uno (1) suplente; - Santa Victoria: Un (1) titular y uno (1) suplente.

Diputadas o Diputados Provinciales: - Capital: Nueve (9) titulares y nueve (9) suplentes; - Cerrillos: Dos (2) titulares y dos (2) suplentes; - General Güemes: Dos (2) titulares y dos (2) suplentes; - Guachipas: Un (1) titular y uno (1) suplente; - La Caldera: Un (1) titular y uno (1) suplente; - La Candelaria: Un (1) titular y uno (1) suplente; - La Poma: Un (1) titular y uno (1) suplente; - La Viña: Un (1) titular y uno (1) suplente; - Los Andes: Un (1) titular y uno (1) suplente; - Molinos: Un (1) titular y uno (1) suplente; - Orán: Tres (3) titulares y tres (3) suplentes; - Rosario de Lerma: Dos (2) titulares y dos (2) suplentes; - San Carlos: Un (1) titular y uno (1) suplente; - San Martín: Tres (3) titulares y tres (3) suplentes; - Santa Victoria: Un (1) titular y uno (1) suplente.

Intendentes: Aguaray; Aguas Blancas; Angastaco; Animaná; Apolinario Saravia; Cachi; Cafayate; Campo Quijano; Campo Santo; Cerrillos; Colonia Santa Rosa; Coronel Moldes; Chicoana; El Bordo; El Carril; El Galpón; El Jardín; El Potrero; El Quebrachal; El Tala; Embarcación; General Ballivián; General Güemes; General E. Mosconi; General Pizarro; Guachipas; Hipólito Yrigoyen; Iruya; Isla de Cañas; Joaquín V. González; La Caldera; La Candelaria; La Merced; La Poma; La Viña; Las Lajitas; Los Toldos; Molinos; Nazareno; Payogasta; Pichanal; Profesor Salvador Mazza; Río Piedras; Rivadavia Banda Norte; Rivadavia Banda Sur; Rosario de la Frontera; Rosario de Lerma; Salta; San Antonio de los Cobres; San Carlos; San José de Metán; San Lorenzo; San Ramón de la Nueva Orán; Santa Victoria Este; Santa Victoria Oeste; Seclantás; Tartagal; Tolar Grande; Urundel y Vaqueros.
 

Concejales

  •     Tres (3) concejalas o concejales titulares y tres (3) suplentes, por un período de cuatro (4) años, en Aguas Blancas; Angastaco; Animaná; Coronel Moldes; El Jardín; El Potrero; El Tala; General Ballivián; General Pizarro; Guachipas; Iruya; Isla de Cañas; La Caldera; La Candelaria; La Poma; La Viña; Los Toldos; Molinos; Nazareno; Payogasta; Río Piedras; San Carlos; Seclantás; Tolar Grande y Urundel.
  •     Cinco (5) concejalas o concejales titulares y cinco (5) suplentes, por un período de cuatro (4) años, en los siguientes Municipios: Apolinario Saravia; Cachi; Campo Santo; Chicoana; El Bordo; El Galpón; Rivadavia Banda Sur; San Antonio de los Cobres; Santa Victoria Oeste y Vaqueros.
  •     Siete (7) concejalas o concejales titulares y siete (7) suplentes, de los cuales tres (3) tendrán mandato de cuatro (4) años y los cuatro (4) restantes de dos (2) años, en los siguientes Municipios: Aguaray; Cafayate; Campo Quijano; Colonia Santa Rosa; El Carril; El Quebrachal; Hipólito Yrigoyen; La Merced; Las Lajitas; Rivadavia Banda Norte; San Lorenzo y Santa Victoria Este.
  •     Nueve (9) concejalas o concejales titulares y nueve (9) suplentes, de los cuales cuatro (4) tendrán un mandato de cuatro (4) años y los cinco (5) restantes de dos (2) años, en: Cerrillos; Embarcación; General Güemes; General E. Mosconi; Joaquín V. González; Pichanal; Profesor Salvador Mazza; Rosario de la Frontera; Rosario de Lerma y San José de Metán.
  •     Once (11) concejalas o concejales titulares y once (11) suplentes, de los cuales cinco (5) tendrán un mandato de cuatro (4) años y los seis (6) restantes de dos (2) años, en el Municipio de Tartagal.
  •     Doce (12) concejalas o concejales titulares y doce (12) suplentes, de los cuales seis (6) tendrán un mandato de cuatro (4) años y los seis (6) restantes de dos (2) años, en el Municipio de San Ramón de la Nueva Orán.
  •     Veintiún (21) concejalas o concejales titulares y veintiún (21) suplentes, de los cuales diez (10) tendrán un mandato de cuatro (4) años y los once (11) restantes de dos (2) años, en el Municipio de Salta.

 


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