En esta última cuestión es frecuente ver como Ruido.org choca contra las malas prácticas de los políticos, de todos los signos partidarios, que son más que reacios a rendir cuenta de cuánto y cómo gastan los dineros públicos.
Ruido realizo en las 23 provincias argentinas más CABA, un pormenorizado estudio sobre el manejo de la publicidad oficial, y como los mandatarios utilizan esos recursos para promoción propia.
El 58% de los gobernadores se aprovechan de los fondos públicos -en contra de lo que dice el artículo 42 de la Ley de Ética Pública– para promocionar sus imágenes y/o nombres en la publicidad oficial.
Los 14 gobernadores son: Raúl Jalil (Catamarca), Juan Schiaretti (Córdoba), Gustavo Valdés (Corrientes), Jorge Capitanich (Chaco), Gustavo Bordet (Entre Ríos), Gildo Insfrán (Formosa), Gerardo Morales (Jujuy), Sergio Ziliotto (La Pampa), Ricardo Quintela (La Rioja), Oscar Ahuad (Misiones), Gustavo Sáenz (Salta), Alberto Rodríguez Saá (San Luis), Gerardo Zamora (Santiago del Estero) y Osvaldo Jaldo (Tucumán).
Lo mismo sucede con 13 intendentes capitalinos (54%), en este caso no aparece en el listado el jefe comunal de San Salvador de Jujuy, Raúl Jorge, lo que si tenemos que marcar es profusa la imagen del intendente de San Pedro, Julio Bravo cuya humanidad se muestra en prácticamente todo el territorio provincia promocionando los carnavales de la Perla del Ramal, inclusive el cartel que señala el sitio de la Casa de San Pedro en la capital provincial, también tiene la imagen del jefe comunal, esto también está reñido con la Ley de Ética Pública.
El Artículo 42 de la ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, establece que “La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos”.
Esa ley fue aprobada y promulgada en 1999 abarca, según consta en su artículo 1, a “todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal”.
Los políticos siempre tienen una vuelta de rosca para no cumplir con la ley, y algunos dicen que Jujuy necesitaría adherir a esta ley y como Jujuy no lo hizo, ellos dicen que no es ilegal.
Ruido.org en su página web refleja la posición del constitucionalista Rodrigo López Tais, “el universo comprendido por la norma alcanza a todos los empleados y funcionarios del Estado. Lo cual se refuerza cuando la norma indica cuál es la interpretación que debe efectuarse del concepto ‘función pública”.
Además de remarcar enfáticamente que el art. 42 de la Ley 25.188 rige para toda persona que ejerza la función pública, tanto en la esfera nacional como en la órbita subnacional.
Estamos acostumbrados en la Jujuy de Morales, ver como el mandatario y ahora también su esposa utiliza imágenes y nombres propios en la publicidad oficial.
Solo recordemos que el ex gobernador de Entre Ríos, Sergio Uribarri fue condenado a 8 años de prisión por el uso de publicidad oficial para campaña personal.