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Se hacen los osos...

Sáenz, Demitrópulos y Lamberto: El viernes vencía el plazo para que expliquen el dinero gastado en pauta, pero no quieren

Inexplicablemente, el Gobierno de la Provincia apeló la sentencia que le ordena a entregar la información que arriba detallamos.

"El que nada debe, nada teme", decían en campaña. Hoy existe una aferrada lucha por mantener el secrto de los millonarios destinos de dinero gastados autoritativamente en pauta oficial ¿Que esconden?
"El que nada debe, nada teme", decían en campaña. Hoy existe una aferrada lucha por mantener el secrto de los millonarios destinos de dinero gastados autoritativamente en pauta oficial ¿Que esconden?

El viernes pasado, 29 de julio (día de los ñoquis, por cierto...), venció el plazo de diez días hábiles que ordenó la Justicia para que el Gobierno de la Provincia entregue, entre otros puntos, información sobre sus gastos en publicidad oficial.

Cabe recordar que dicha sentencia  fue dictada el 15 de julio pasado en el marco de proceso de amparo que inició el director de Salta Transparente, Gonzalo Guzmán Coraita, el 30 de mayo de 2021 contra la Secretaría de Prensa de Gobierno, por entonces a cargo del actual diputado provincial, Víctor "Vitín" Lamberto.

Punto por punto la información que el Gobierno de la Provincia debe entregar

En cumplimiento de la sentencia, el Gobierno de la Provincia debe entregar además de la documentación relacionada a sus gastos en publicidad oficial, copias de expedientes de contrataciones y control de aire, contrataciones de consultoras y medios nacionales, y documentación relativa a la consultora Praxis SRL. Desarrollamos a continuación, punto por punto el detalle de la documentación a entregar:

Gastos en Publicidad Oficial

El Gobierno de la Provincia debe entregar documentación relativa a sus gastos en publicidad correspondientes al segundo semestre de 2020, al año 2021 y al primer semestre de 2022.

Cabe recordar que el Gobernador de Salta, Gustavo Sáenz, gastó entre enero y julio de 2020, $ 239.930.329 en publicidad oficial de acuerdo a  la información que oportunamente nos brindó el Gobierno en agosto de 2020 y que publicamos en este sitio.

Criterios de Distribución de la Publicidad Oficial

El Gobierno debe informar acerca de los criterios de distribución de la pauta oficial que utiliza. Para ello debe entregar copias de los instrumentos legales que se hubiesen dictado de donde surja el criterio de distribución de la publicidad oficial utilizado a partir del 2020 y copias del listado de medios elaborado durante el 2020 en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto 57/02, norma que establece que la publicidad debe distribuirse teniendo en cuenta un listado de medios que debe ser realizado de acuerdo a la audiencia y penetración que cada medio posee.

Al respecto, el entonces Secretario de Prensa de la Provincia y hoy diputado Provincial, Víctor Lamberto, en respuesta a un requerimiento que formulamos a principios de 2020, había manifestado de manera muy genérica y vaga, que para distribuir la pauta se tenían en cuenta diversas condiciones, tales como el alcance de cada medio en función a la audiencia, y el fin perseguido por la publicidad, la pertinencia del mensaje y el alcance de las localidades que integran la Provincia y que por entonces (marzo de 2020), “…se está elaborando la modalidad de dar cumplimiento al Decreto 57/02”

Copias de expedientes de contratación y de los controles de aire

Sobre este punto el Gobierno de la Provincia el Gobierno debe entregar copias de los expedientes en los que hayan tramitado las contrataciones de publicidad y propaganda y copia de los controles de aire efectuados en relación a cada una de tales contrataciones, en base a una lista de proveedores que seleccionamos oportunamente.

Copias de las contrataciones con consultoras y medios nacionales correspondientes al 2019

El Gobierno de la Provincia debe entregar copias de los expedientes en los que tramitaron contrataciones de publicidad y propaganda con medios, consultoras, productoras y/o periodistas nacionales o con asiento ubicado fuera de la Provincia de Salta, entre enero y diciembre de 2019 y copias de los controles de aire efectuados en relación a cada una de tales contrataciones.

Contratación de la Consultora Praxis SRL

El contrato con la firma Praxis SRL fue firmado por Víctor Lamberto, ex Secretario de Prensa y comenzó a regir a partir del 1 de agosto de 2020 e implicó para la Provincia un gasto de $ 605.000 mensuales. ver Boletín Oficial.

Praxis, es una firma con domicilio en Luján de Cuyo, Mendoza, y fue contratada por el Gobierno para brindar asesoramiento estratégico en medios de comunicación, relevamiento de medios provinciales y nacionales; un informe de alcance y audiencia de medios, la negociación de tarifas en compras de medios, el análisis, revisión y codificación de materiales a emitir según el formato; la planificación de medios en tv abierta, cable, radios AM y FM; seguimiento, control y monitoreo de la pauta según planificación y eI alcance y rendimiento de pauta.

Sobre esta contratación el Gobierno de la Provincia debe acompañar:

Copias del expediente en el que tramitó el proceso de contratación correspondiente al contrato de consultoría suscripto el 1/08/2020 entre la Secretaría de Prensa y Comunicación y la firma PRAXIS SRL y que fuera aprobado por la disposición administrativa n° 975 de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, a cargo de Nicolás Demitrópulos, quien es en realidad la persona que determina los destinos de la pauta oficial en función de conveniencias.

Copias del pliego de bases y condiciones o del documento que haga sus veces, correspondiente a dicho contrato.

Copias de los requerimientos de servicios que hubiese formulado el Sr. Secretario de Prensa y Comunicación a la firma PRAXIS SRL, desde el 1/08/2020 y hasta la fecha en la que se haga efectiva la entrega de tal información, en cumplimiento de tal contrato.

Copia de los dictámenes, informes parciales y demás informes que hubiese realizado la firma PRAXIS SRL en cumplimiento del contrato de consultoría, desde el 1/08/2020 y hasta la fecha en la que se haga efectiva la entrega de tal información.

La apelación del Gobierno de la Provincia no suspende el cumplimiento de la sentencia

El Gobierno de la Provincia apeló la sentencia que le ordena a entregar la información que arriba detallamos. En su presentación señaló curiosamente que la sentencia “le causaba un daño irreparable”. No obstante ello, su recurso no suspende su ejecución, en virtud de lo dispuesto por el artículo 87 de la Constitución de la Provincia.


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