El Gobierno confirmó el pago de tres bonos, uno en junio, otro en julio y finalmente un tercero de $20.000 en agosto, que podrán acceder jubilados y pensionados que cobran a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Además, gracias a la última actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil, un grupo de estos beneficiarios accederán a un extra. Sin embargo, solo podrán acceder a este plus aquellos jubilados que hayan realizado los 30 años de aportes y no accedieron a la moratoria de Anses.
Bono de $20.000 en agosto
Accederán al bono de $20.000 todas aquellas personas que cobran hasta un haber mínimo. Dicho monto irá decreciendo hasta llegar a los dos haberes mínimos.
Quiénes cobran el bono de $20.000 en Anses: requisito
Para acceder al refuerzo es necesario cobrar hasta un haber mínimo jubilatorio, que en julio equivale a $70.938.
Aquellos jubilados y pensionados que perciban un haber más alto, cobrarán un bono variable cuyo valor irá decreciendo hasta los $5.000. Este extra lo cobrarán quienes tengan ingresos equivalentes a dos haberes mínimos.
Jubilados cobran nuevo extra en Anses
Además, los jubilados que tengan los 30 años de aportes y no hayan solicitado la moratoria de Anses cobran lo equivalente al 82% del SMVM. Entonces, accederán en agosto los siguientes extras:
- Extra de $15.000 correspondiente a julio, pero se abona en agosto
- Extra de $21.000 en agosto: accediendo en total a $36.000
Fechas de cobro jubilados agosto 2023
Jubilados y pensionados con un haber mínimo agosto 2023
- Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 2, a partir del día 10 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 3, a partir del día 11 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de agosto de 6023.
- Documentos terminados en 7, a partir del día 17 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 8, a partir del día 18 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 9, a partir del día 22 de agosto de 2023.
Jubilados que perciben más de un haber mínimo: calendario de agosto 2023
- Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 23 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 24 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 25 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 28 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de agosto de 2023.