El Gobierno nacional confirmó recientemente que un grupo específico de adultos mayores dejará de percibir la pensión por fallecimiento en caso del deceso de su cónyuge. Esta medida, que se produjo con el fin de la moratoria previsional y generó preocupación entre los afectados, modifica los requisitos para acceder a este beneficio en el contexto de las políticas de ajuste fiscal.
¿A quiénes afecta esta medida?
La decisión afecta a los adultos mayores que optaron por la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) como alternativa a la jubilación tradicional por no llegar a los 30 años de aportes. Hasta antes del fin de la moratoria, podían acceder a la pensión por fallecimiento tras la muerte de su cónyuge.
Según la normativa vigente hasta ahora, los beneficiarios de esta pensión recibían un monto mensual destinado a garantizar su estabilidad económica tras el fallecimiento de su compañero o compañera.
Requisitos para tramitar la pensión por fallecimiento
Para iniciar el trámite, es necesario cumplir con los siguientes criterios:
- Deben haber transcurrido al menos 10 días hábiles desde el fallecimiento del jubilado.
- El deceso debe haber ocurrido en los últimos 4 meses.
- La jubilación del fallecido debe pertenecer al régimen general y no a un régimen especial.
- Documentación necesaria para solicitar la pensión en ANSES
Los familiares que cumplan con los requisitos deberán presentarse en una oficina de ANSES con la siguiente documentación:
- Formulario Declaración Jurada Art. 1° Ley 17.562 (PS 6.9).
- DNI y partida de casamiento actualizada (en caso de cónyuge).
- Formulario de dependencia económica (para hijos/as beneficiarios).
Monto de la pensión de un jubilado fallecido
El monto de la pensión por fallecimiento varía según la composición familiar:
- Viudo/a sin hijos: cobrará el 70% del haber jubilatorio del fallecido.
- Viudo/a con hijos: recibirá el 50%, mientras que cada hijo cobrará el 20%.
- Hijos sin cónyuge sobreviviente: percibirán el 50% del haber total, distribuido en partes iguales.
Cómo solicitar la pensión por fallecimiento en ANSES
El trámite se debe realizar de forma presencial en una oficina de ANSES con la documentación correspondiente. Para agilizar el proceso, se recomienda solicitar un turno previo a través de la web oficial de ANSES.
Este beneficio busca garantizar una protección económica a los familiares de un jubilado fallecido, asegurando la continuidad de ingresos en momentos difíciles.