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¿Hay bono para jubilados en 2025?

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La Asignación Prenatal es el pago mensual de una suma de dinero equivalente al monto de la Asignación por Hija e Hijo, la cual corresponde desde el momento de la concepción hasta el nacimiento o interrupción del embarazo. Esta asignación puede ser percibida por la persona gestante, su cónyuge o conviviente.

 

En agosto, el gobierno determinó que el Prenatal -al igual que el resto de las asignaciones familiares - tengan un incremento del 4,58% Esa cifra equivale al índice inflación de junio que arrojó el INDEC. Consultá, una por una, el valor de cada prestación.

¿A quiénes les corresponde el Prenatal?

  • Trabajadoras en relación de dependencia 
  • Monotributistas (categorías A hasta H)
  • Trabajadoras que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
  • Trabajadoras de temporada
  • Trabajadoras rurales
  • Titulares de la Prestación por Desempleo
  • Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra

 

 Requisitos

  • Tener un embarazo de 12 semanas o más.
  • La información de la persona titular y su grupo familiar debe estar acreditada en ANSES.
  • Si trabajás en relación de dependencia o sos monotributista tenés que contar con una antigüedad mínima de 3 meses. 
  • Los ingresos individuales y los de tu grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes.
  • Si la asignación la solicita el otro progenitor, es necesario acreditar la relación cónyuge, conviviente o conviviente previsional ante ANSES

Te recordamos que tenés que solicitar la asignación antes de ocurrido el nacimiento o interrupción del embarazo.

 Documentación

Completá el formulario Declaración Jurada novedades unificadas de SUAF Novedades Unificadas (PS 2.55) (rubros 1, 2, 3, 5, 6 y 9)

  • Si en el rubro 1 marcaste que “Sí” te encontrás en una relación con la otra persona progenitora, tenés que completar el rubro 2. Si marcaste que “No”, no tenés que completar el rubro 2, y tenés que aclarar en el apartado Observaciones “no me encuentro en una relación de matrimonio, convivencia o convivencia previsional con el otro progenitor”.
  • El rubro 2 se completa con los datos del otro progenitor y tenés que acreditar la relación ante ANSES presentando la documentación que corresponda a tu caso y ambos deben firmar el Rubro 9.
  • El rubro 6 podés reemplazarlo con un certificado de embarazo extendido por un médico o Licenciado en Obstetricia, con su firma, sello y número de CUIL o CUIT. 

Los rubros 3, 5, 7 y 9 sólo se completan si trabajás en relación de dependencia o sos beneficiaria de una ART y con el mismo formulario  solicitaras también la Asignación por Maternidad o Asignación por Maternidad Down. 
El rubro 8 se completa solo en caso de autorizar a otra persona a hacer el trámite en tu lugar.

Si la asignación la solicita el otro progenitor, tenés que acreditar la relación ante ANSES.

En caso de que se interrumpa el embarazo o se produzca un nacimiento (con o sin vida) antes de la fecha probable de parto, tenés que completar el rubro 1 y el rubro 6 o presentar certificado médico donde consten esos datos.

 


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