Después de los reiterados reclamos por parte de las organizaciones de personas con discapacidad, la Cámara de Diputados aprobó este miércoles el proyecto que flexibiliza la renovación del CUD (Certificado Único de Discapacidad), sobre todo para las personas que lo precisan de forma permanente.
La iniciativa obtuvo 227 votos afirmativos, por lo que se establece, “en la Ley 22.431, o la que en un futuro la reemplace, sus modificatorias y complementarias”, que la renovación del CUD “se expedirá con o sin fecha de vencimiento”.
La Agencia Nacional de Discapacidad estará encargada de la actualización del CUD conforme la concepción dispuesta por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. En esta ya se deberá implementar la flexibilización de los requisitos para su otorgamiento.
Por otro lado, la ANDIS tendrá que “definir las condiciones y lineamientos” para la implementación de la norma, “incluyendo el fortalecimiento de las juntas evaluadoras de las personas con discapacidad” y teniendo en cuenta recomendaciones que realice el Consejo Federal de Discapacidad.
“La persona beneficiaria podrá solicitar la actualización del CUD en cualquier momento”, destaca el proyecto presentado en cámara baja. A su vez, el Poder Ejecutivo tendrá que reglamentar la ley a los 90 días desde su promulgación, al tiempo que se invita a las provincias y la Ciudad de Buenos Aires a adecuar su legislación.
RENOVACIÓN DEL CUD EN EL DEBATE
El debate fue abierto por el titular del interbloque Provincias Unidas y titular de la Comisión de Discapacidad, Luis Di Giacomo, de Juntos Somos Rio Negro. En sus minutos de alocución explicó que el proyecto viene a modificar puntualmente una de sus frases y que ahora establecerá que el CUD “se expedirá con o sin fecha de vencimiento”.
“Asi se quita la carga de tramitar el certificado en aquellos casos permanentes e irreversibles en los cuales, muchas veces pasa que la fecha de vencimiento o la falta de otorgamiento en tiempo y forma por distintas circunstancias como la pandemia, hace que se hayan vencido e hizo que hayan tenido dificultades quienes querían recibir determinadas prestaciones y no podían”, aseguró el legislador.
“En estas consideraciones que estamos haciendo en el artículo 2 se establece que la Agencia es la encargada de la actualización, y acá aparece un término que nos parece importante, que tiene que ver con la concepción dinámica de la discapacidad que la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad ha permitido como algo superador a un simple concepto de diagnóstico biológico, médico, físico para pasar a considerar todas las dinámicas del individuo desde el punto de vista de su funcionamiento social, de su capacidad de relación, de su capacidad de afrontar o no las actividades de las vidas diaria donde el diagnóstico es solamente un elemento más”, específico Di Giacomo.
Además, remarcó que la actualización debe contar con “la flexibilización de los requisitos para el otorgamiento”, problema que también fue objeto de reclamo insistentemente por las organizaciones que defienden los derechos de las personas con discapacidad: “Son una lista larga de requisitos que había que solicitar, certificados médicos, estudios de laboratorio, de imágenes, que en muchos casos eran repetitivos que ya habían sido diagnosticadas en otras ocasiones”, aclaró.
“El Certificado Único de Discapacidad es el que le permite acceder a la atención, a los recursos tanto al área de salud como otros, un tratamiento integral sin importar su condición económica, social o cultural. Con coberturas que son del 100% y que implican acceso a la salud, a la asistencia social, a la educación, a la seguridad social y a la accesibilidad en los medios físicos con los que deben confrontar tanto en la vía pública como en edificios”, sentenció.