Este miércoles, el Gobierno anunció oficialmente el primer aumento del año para jubilados, pensionados y otros beneficiarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), que entrará en vigencia a partir del próximo mes. Este incremento también impactará en otros grupos que cobran a través del organismo a partir del 1 de marzo.
Inicialmente, se consideró la posibilidad de modificar la fórmula de ajustes para estos beneficiarios mediante la Ley Ómnibus, propuesta por el Gobierno de Javier Milei. Sin embargo, se optó por seguir el curso establecido por la Ley de Movilidad Jubilatoria, donde los ajustes se determinan cada tres meses según la variación salarial y el desempeño recaudatorio de la Anses.
Aumento de Anses 2024
La medida anunciada establece un aumento del 27,18% en el monto de las jubilaciones a partir de marzo, según lo dispuesto en la Resolución 38/2024, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el entonces jefe de la Anses, Osvaldo Giordano, quien fue destituido tras el fracaso de la ley Ómnibus.
El 1 de marzo, Anses entrega el primer aumento: ¿quiénes cobran?
Este aumento alcanzará a varios grupos beneficiarios, incluyendo jubilados, pensionados, beneficiarios de la AUH, la Asignación Familiar por Hijo (AFH), la Asignación Universal por Hijo con Discapacidad, la Asignación Prenatal, la Asignación por Ayuda Escolar Anual y la Asignación por Maternidad.
Calendario de pago de Anses marzo 2024
Pensiones no Contributivas
- Documentos terminados en 0 y 1: a partir del 1 de marzo.
- Documentos terminados en 2 y 3: a partir del 4 de marzo.
- Documentos terminados en 4 y 5: a partir del 5 de marzo.
- Documentos terminados en 6 y 7: a partir del 6 de marzo.
- Documentos terminados en 8 y 9: a partir del 7 de marzo.
Fechas de cobro de jubilaciones mínimas marzo 2024
- Documentos terminados en 0: a partir del 8 de marzo.
- Documentos terminados en 1: a partir del 11 de marzo.
- Documentos terminados en 2: a partir del 12 de marzo.
- Documentos terminados en 3: a partir del 13 de marzo.
- Documentos terminados en 4: a partir del 14 de marzo.
- Documentos terminados en 5: a partir del 15 de marzo.
- Documentos terminados en 6: a partir del 15 de marzo.
- Documentos terminados en 7: a partir del 18 de marzo.
- Documentos terminados en 8: a partir del 19 de marzo.
- Documentos terminados en 9: a partir del 20 de marzo.
Jubilaciones que superan el haber mínimo
- Documentos terminados en 0 y 1: a partir del 21 de marzo.
- Documentos terminados en 2 y 3: a partir del 22 de marzo.
- Documentos terminados en 4 y 5: a partir del 25 de marzo.
- Documentos terminados en 6 y 7: a partir del 26 de marzo.
- Documentos terminados en 8 y 9: a partir del 27 de marzo.