Los jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses), desde junio, reciben el segundo aumento establecido por la Ley de Movilidad Jubilatoria. Además, el Gobierno implementó el pago de 3 bonos, como refuerzo de ingresos para estos grupos.
Actualmente, el organismo que conduce Fernanda Raverta, otorga los haberes correspondientes del mes de julio a través de un calendario de pagos ordenado por terminación de DNI. Este mes, los jubilados y pensionados cobran el bono de $17.000 y en agosto se entregará uno de $20.000.
Jubilados de Anses cobran $91.000 en agosto: las personas que acceden
Los haberes mínimos de los jubilados, luego de la actualización de la Ley de Movilidad, quedaron en $70.938.
- En julio se entrega un bono de $17.000
- En agosto se depositará un bono de $20.000
Acceden al bono de $20.000
- Jubilados y pensionados
- Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)
- Titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC)
Los requisitos para cobrar el bono de $20.000 son:
- Cobrar una jubilación, pensión, PNC o PUAM y tener ingresos que no superen el haber mínimo jubilatorio. Este grupo recibirá el bono de $20.000 en agosto.
Cobrar una jubilación o pensión con haberes que no superen dos haberes mínimos. Este bono decrecerá progresivamente hasta llegar a los $5.000.
- Entonces, jubilados y pensionados que cobrarán un haber mínimo, con el último aumento más el bono de $20.000 cobran en agosto $90.938.
Las fechas de cobro de agosto ya fueron confirmadas por Anses
Pensiones no contributivas: ¿cuándo cobro?
- Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de agosto de 2023.
Jubilados y pensionados con un haber mínimo agosto 2023
- Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 2, a partir del día 10 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 3, a partir del día 11 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de agosto de 6023.
- Documentos terminados en 7, a partir del día 17 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 8, a partir del día 18 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 9, a partir del día 22 de agosto de 2023.
Jubilados que perciben más de un haber mínimo: calendario de agosto 2023
- Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 23 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 24 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 25 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 28 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de agosto de 2023.