MÁS DE SOCIEDAD


¿Hay bono para jubilados en 2025?

ANSES

¿Hay bono para jubilados en 2025?

El titular de Anses, Mariano de los Heros, confirmó que continuará el pago del bono para jubilados en 2025. Pero, ¿cuál será el monto?


NOVEDAD

Muy buena noticia de Anses que todos los jubilados esperaban

Anses informó una muy buena noticia para todos los jubilados y pensionados que cobran a través del organismo con el fin de simplificar la entrega de haberes de este universo de personas

Muy buena noticia de Anses que todos los jubilados esperaban

La muy buena noticia para jubilados y pensionados es que la Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses) modificó su reglamentación interna con el fin de eliminar el requisito del trámite de fe de vida para el cobro de haberes, lo cual entró en vigencia este martes.

La Resolución 151/2023, publicada en el Boletín Oficial, establece que los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones No Contributivas ya no tendrán que realizar acciones para comprobar su supervivencia ante las Entidades Pagadoras para recibir sus prestaciones.

Mientras tanto, el organismo que conduce Fernanda Raverta finaliza con el calendario de pagos de julio, en donde jubilados y pensionados acceden al bono de $17.000 o bono variable para quienes cobran hasta dos haberes mínimos.

La buena noticia para todos los jubilados y pensionados de Anses: eliminación de Fe de Vida

Gracias a esta disposición, los 7,3 millones de jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los beneficiarios de pensiones no contributivas que están bajo el cuidado del organismo previsional estarán en igualdad de condiciones.

  •     Anteriormente, unos 3,2 millones de ellos ya estaban eximidos del trámite debido a decisiones previas de los bancos donde reciben sus haberes.

La eliminación del requisito fue establecida por la Ley 27.721, la cual otorgó a Anses la facultad, en su artículo 3°, de dictar "las normas aclaratorias y complementarias pertinentes", que eran esperadas por los bancos para implementar adecuadamente lo dispuesto en la ley.

Concretamente, la resolución de hoy ajusta, mediante dos anexos, el Procedimiento de Pago de Prestaciones de la Seguridad Social y el modelo de convenio de pago que Anses tiene con las entidades bancarias.

Sin embargo, según las consultas realizadas por Télam la semana pasada a más de una docena de entidades, se prevé que el cumplimiento de la nueva legislación no presentará dificultades. Esto se debe en parte a que cerca del 45% de los jubilados y pensionados ya no están obligados a realizar el trámite, y también porque los bancos que atienden al 55% restante ya estaban preparados para facilitar el cobro de haberes sin este requisito.

Excepciones aplicables en casos jubilados en el extranjero

Tras la entrada en vigencia de la Resolución 151/2023 emitida Anses, la eliminación del requisito de fe de vida para el cobro de haberes beneficiará a una gran cantidad de jubilados y pensionados. Sin embargo, ciertos grupos continuarán afectados por este trámite.

Según lo establecido en el Anexo 1 de la mencionada resolución, en el punto 4.1, se especifica que en casos en que los beneficiarios residen fuera de Argentina y deben recibir sus prestaciones, la entidad bancaria deberá requerir la ratificación del medio de cobro seleccionado cada seis meses, informando a la Anses sobre los resultados obtenidos.

Además, la resolución señala que cualquier comisión o gasto derivado de la transferencia de fondos al exterior correrá a cargo de cada beneficiario, y dichos costos deberán ser acordados previamente con cada persona antes de que la entidad proporcione el servicio.

Estas excepciones aplicables a los beneficiarios en el extranjero buscan asegurar que los pagos se realicen de manera adecuada y segura, teniendo en cuenta las particularidades de las transacciones internacionales y las posibles implicaciones financieras.

Si bien la medida representa una significativa simplificación en el proceso para la mayoría de jubilados y pensionados, aquellos que residen fuera de Argentina deberán seguir cumpliendo con la ratificación semestral para garantizar la continuidad de sus haberes.


¿Te gustó la noticia? Compartíla!