El Gobierno de Javier Milei ha implementado un Decreto de Necesidad y Urgencia ( DNU) que establece importantes cambios en la licencia de personas gestantes. Este DNU, denominado 70/2023, consta de 366 artículos que buscan desregular la economía y promover un "plan de estabilización de shock", implicando la derogación o modificación de múltiples leyes y normativas.
Dentro de estas medidas, el artículo 78 del DNU reemplaza al artículo 177 de la Ley N° 20.744 de Contratos de Trabajo, el cual establece las condiciones de la licencia de personas gestantes. El nuevo artículo mantiene la prohibición de trabajar durante los 45 días previos al parto y los 45 días posteriores al mismo.
No obstante, ahora se permite a las personas interesadas reducir la licencia previa al parto a un mínimo de diez días, acumulando el resto en el período posterior de descanso. Esto supone un cambio significativo con respecto al artículo anterior, que solo permitía reducir el período previo a un mínimo de 30 días.
Las opiniones de los especialistas sobre esta modificación están divididas
Estas modificaciones generan un impacto directo en las personas gestantes, brindándoles mayor flexibilidad y posibilitando que puedan optar por extender su licencia en el período posterior al parto. Esta medida busca adaptarse a las necesidades de cada individuo, reconociendo que no todas las personas requieren el mismo tiempo de descanso previo al nacimiento de su hijo/a.
Qué dicen los expertos sobre esta nueva modificación
Las opiniones respecto a esta nueva regulación son diversas. Algunos expertos en derechos laborales consideran que es una medida positiva, ya que permite a las personas gestantes adaptar su licencia a sus propias circunstancias y necesidades. Sin embargo, también hay quienes critican esta medida, argumentando que podría exponer a las personas gestantes a un mayor riesgo de salud y afectar negativamente su bienestar durante el período previo al parto.