La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) confirmó el calendario de pago para las pensiones no contributivas (PNC) en diciembre de 2024. Se cobrarán en la semana del lunes 9 al viernes 13, según el último número del DNI.
Pensiones no contributivas: cuándo se cobra en diciembre de 2024 la PNC, según el DNI
Documentos terminados en 0 y 1, a partir del 09 de diciembre de 2024.
Documentos terminados en 2 y 3, a partir del 10 de diciembre de 2024.
Documentos terminados en 4 y 5, a partir del 11 de diciembre de 2024.
Documentos terminados en 6 y 7, a partir del 12 de diciembre de 2024.
Documentos terminados en 8 y 9, a partir del 13 de diciembre de 2024.
Pensiones no contributivas: los requisitos de cada PNC para cobrar en diciembre de 2024
Pensión no contributiva por invalidez:
Acreditar una incapacidad laboral del 66% o más, mediante un Certificado Médico Oficial (CMO).
Tener hasta 65 años de edad
Ser argentino nativo, o naturalizado, residente en el país. Si sos extranjero, deberás acreditar una residencia mínima continuada en el país de 10 años. En el caso de solicitantes menores de edad, son los padres o tutores quienes deben acreditar una residencia mínima continuada en el país de 3 años.
No cobrar jubilación ni pensión.
En caso de solicitantes menores de edad, los ingresos del grupo familiar no pueden superar las 4 jubilaciones mínimas.
Informe catastral con sello del organismo emisor a tu nombre o de tu cónyuge/conviviente. Si sos menor, a nombre de tus padres o tutor (este requisito es solo para residentes en Santiago del Estero, Santa Cruz, San Luis, La Pampa, Neuquén o Tierra del Fuego).
Pensión no contributiva para madre de 7 hijos:
Ser argentina o naturalizada (mínimo un año de residencia en el país).
Si sos extranjera, haber residido en el país al menos durante 15 años.
No ser titular de una jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen previsional.
No estar cobrando una Asignación Familiar por Hijo, Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo.
No poseer bienes, ingresos, ni recursos de otra naturaleza que permitan tu subsistencia ni la de tu grupo familiar, ni parientes obligados a prestar alimentos.
Tu cónyuge o concubino puede ser titular de un beneficio previsional, pero no de una pensión por vejez o de una pensión por invalidez de carácter no contributivo.