La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) está por finalizar el cronograma de pagos de julio 2023, que incluye distintos extras y asistencias que también se pagarán en agosto, como la Tarjeta Alimentar del Ministerio de Desarrollo Social.
Algunos beneficiarios ya cobraron sus montos de julio, como los jubilados y pensionados con un haber mínimo y los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
Sin embargo, este lunes comenzarán los pagos de la Prestación por Desempleo, una asistencia para personas sin trabajo que cumplan ciertos requisitos.
Anses Prestación por Desempleo 2023
La Prestación por Desempleo es una asistencia destinada a personas sin trabajo, cuyo monto va desde $24.440 a $40.733. Los valores se calculan según ingresos y meses trabajados, con aportes durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.
El valor de la asistencia se actualiza del mismo modo que el Salario Mínimo Vital y Móvil, por lo que también recibe el mismo incremento que se pagará en los próximos meses. En agosto, se elevará a $31.294,40 como mínimo y de $52.082,30 como máximo.
Durante la vigencia de la prestación, se podrá acceder a otras asignaciones familiares y también a la obra social a la que estaba afiliado el titular. El período durante el cual se cobra la prestación se computará como antigüedad para fines previsionales.
Cuándo cobro el Fondo de Desempleo
Requisitos Desempleo Anses
Quiénes pueden cobrar el beneficio:
- Aquellas personas que fueron despedidas de un trabajo en relación de dependencia sin causa justa, por finalización de contrato o causas externas al trabajador.
- Si sos empleado permanente tenés que tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Si sos empleado eventual y/o de temporada tenés que haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
Quienes NO pueden acceder al Fondo de Desempleo Anses:
- Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
- Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Sean beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia - excombatientes del Atlántico Sur, Ley N.º 23.848).
- Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
Tampoco podrán acceder quiénes pertenezcan a los siguientes regímenes:
- Servicio Doméstico.
- Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
- Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N.º 13.047)
- Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.
Cómo acceder al Fondo de Desempleo
Para acceder a la prestación es necesario seguir los siguientes pasos:
- Presentar el DNI y la documentación que compruebe el desempleo. Este último requisito varía según el motivo de despido. Para más información podés ingresar a este enlace.
- Una vez con la documentación, podés pedir un turno en ANSES y presentarla de forma presencial en la oficina o acceder a Atención Virtual con tu CUIL y Clave de Seguridad Social.
Los solicitantes disponen de 90 días hábiles desde que se produjo la ruptura de la relación laboral para solicitar la prestación. En caso de solicitarla después, se descontará un día de prestación por cada día hábil transcurrido.
Cuándo cobro el Fondo de Desempleo
- Documentos terminados en 0 y 1: 24 de julio
- Documentos terminados en 2 y 3: 25 de julio
- Documentos terminados en 4 y 5: 26 de julio
- Documentos terminados en 6 y 7: 27 de julio
- Documentos terminados en 8 y 9: 28 de julio