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¿Quién puede cobrar la pensión por fallecimiento cuando muere un jubilado?: el monto de febrero

El monto de la prestación de Anses estará determinado por el 70% de lo que le corresponde cobrar a la persona fallecida

¿Quién puede cobrar la pensión por fallecimiento cuando muere un jubilado?: el monto de febrero

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ofrece un subsidio especial destinado a los familiares de jubilados en caso de fallecimiento. Se trata de la pensión por fallecimiento y representa un 70% del haber mensual que percibía el titular, brindando un apoyo económico a sus seres queridos.
 

Quiénes pueden cobrar la pensión por fallecimiento de ANSES

Según el organismo previsional, para acceder a esta pensión se deben cumplir ciertos requisitos:

  •     Esposo/a: debe presentar la partida de casamiento actualizada.
  •     Concubino/a: debe acreditar al menos 5 años de convivencia antes del fallecimiento del titular. Si tuvieron hijos en común, el período se reduce a 2 años.
  •     Hijos/as menores de 18 años: pueden acceder al beneficio si son solteros y no perciben otra prestación.
  •     Hijos/as con discapacidad: pueden cobrar la pensión sin límite de edad, siempre que la incapacidad les impida trabajar.
  •     Por otro lado, los hijos mayores de 18 años que tengan capacidad para trabajar no podrán acceder a la pensión.

Requisitos para tramitar la pensión por fallecimiento
 

Para iniciar el trámite, es necesario cumplir con los siguientes criterios:

  • Deben haber transcurrido al menos 10 días hábiles desde el fallecimiento del jubilado.
  • El deceso debe haber ocurrido en los últimos 4 meses.
  • La jubilación del fallecido debe pertenecer al régimen general y no a un régimen especial.

Documentación necesaria para solicitar la pensión en ANSES

Los familiares que cumplan con los requisitos deberán presentarse en una oficina de ANSES con la siguiente documentación:

  • Formulario Declaración Jurada Art. 1° Ley 17.562 (PS 6.9).
  • DNI y partida de casamiento actualizada (en caso de cónyuge).
  • Formulario de dependencia económica (para hijos/as beneficiarios).

 

Monto de la pensión de un jubilado fallecido en febrero 2025
 

El monto de la pensión por fallecimiento varía según la composición familiar:

- Viudo/a sin hijos: cobrará el 70% del haber jubilatorio del fallecido.
 

-Viudo/a con hijos: recibirá el 50%, mientras que cada hijo cobrará el 20%.
 

-Hijos sin cónyuge sobreviviente: percibirán el 50% del haber total, distribuido en partes iguales.

Cómo solicitar la pensión por fallecimiento en ANSES

El trámite se debe realizar de forma presencial en una oficina de ANSES con la documentación correspondiente. Para agilizar el proceso, se recomienda solicitar un turno previo a través de la web oficial de ANSES.

Este beneficio busca garantizar una protección económica a los familiares de un jubilado fallecido, asegurando la continuidad de ingresos en momentos difíciles.


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