Los empleados de los sectores públicos y privados en relación de dependencia son quienes cobran la primera mitad del Sueldo Anual Complementario (SAC), también conocido como aguinaldo, en junio. También los jubilados y beneficiarios de pensiones no contributivas (PNC) de Anses lo percibirán.
Con el aguinaldo de junio, se cobra el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto de los seis meses previos.
Quiénes no cobran el aguinaldo
Los trabajadores que no percibirán el SAC son aquellos que:
No tengan un trabajo registrado: Esto incluye a trabajadores informales.
Sean monotributistas: Los monotributistas no tienen relación de dependencia y, por lo tanto, no están sujetos a las leyes laborales que regulan el aguinaldo.
Sean dueños de negocios: Los propietarios de empresas no se consideran empleados y, por lo tanto, no tienen aguinaldo
Profesionales: abogados, arquitectos, contadores, ingenieros que perciben honorarios por servicios no tienen aguinaldo.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Este pago equivale al 50% del sueldo mensual más alto percibido por el empleado en relación de dependencia durante la primera mitad del año
En este sueldo se contemplan las horas extras, comisiones y otros conceptos remunerativos
No se consideran para el cálculo aquellas cantidades clasificadas como “no remunerativas”, como por ejemplo, la ropa de trabajo.
¿Cómo saber si te corresponde el aguinaldo?
Si sos un empleado en relación de dependencia, tenés derecho al aguinaldo. Podés verificar si tu empleador está al día con los pagos consultando tus recibos de sueldo o comunicándote con el departamento de Recursos Humanos de tu empresa.