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ESTABA ANUNCIADA

Se oficializó bono de $20 mil de ANSES

El bono de ANSES, llamado ahora refuerzo mensual, salió por Decreto y fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

Se oficializó bono de $20 mil de ANSES

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pagará un bono de 20 mil pesos, llamado refuerzo de ingresos, por los próximos tres meses según lo establece el Decreto 578/2022 publicado este miércoles en el Boletín Oficial. La medida ya había sido anunciada y hoy se hizo oficial.

Los detalles del decreto

ARTÍCULO 1º- Establécese un Refuerzo Mensual, en los términos dispuestos en el presente decreto, para las personas titulares de la Asignación por Hijo e Hija, e Hijo e Hija con Discapacidad.

ARTÍCULO 2º.- El Refuerzo Mensual se abonará a:

a. Los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer rango de ingresos fijado por la Resolución ANSES Nº 202/22;

b. Las personas titulares de la Prestación por Desempleo de las Leyes Nros. 24.013, 25.191 y 25.371, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer rango de ingresos fijado por la Resolución ANSES Nº 202/22;

c. Las personas titulares comprendidas en el artículo 1º del Decreto Nº 592/16 que perciban las asignaciones familiares del primer rango fijadas por la Resolución ANSES Nº 202/22.

ARTÍCULO 3º.- El monto del Refuerzo Mensual se abonará por cada hijo e hija, en los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2022 y consistirá en una suma fija no remunerativa equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de Pesos veinte mil ($20.000), incluido el Valor General de la Asignación por Hijo e Hija correspondiente al primer rango de ingresos fijado por la Resolución ANSES Nº 202/22 y el Complemento Mensual de Asignaciones Familiares establecido en el inciso a) del artículo 4º del Decreto Nº 719/21 para las personas comprendidas en el artículo 2º del presente decreto.

ARTÍCULO 4º.- El Refuerzo Mensual que se otorga por el presente decreto se abonará a las personas titulares que hayan percibido en el mes de septiembre de 2022 las Asignaciones por Hijo e Hija y/o Hijo o Hija con Discapacidad correspondientes al mes de julio de 2022; en el mes de octubre de 2022 las correspondientes al mes de agosto de 2022 y en el mes de noviembre de 2022 las correspondientes al mes de septiembre de 2022; y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

ARTÍCULO 5º.- Facúltase a la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en el ámbito de sus respectivas competencias, a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del presente decreto.


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