Un grupo de personas accederán al bono de $20.000 en agosto y las fechas de cobro ya fueron confirmadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social ( Anses).
Se trata del refuerzo que entrega el Gobierno para mantener los ingresos de los jubilados y pensionados frente al aumento de la inflación.
Además, desde este lunes se paga el bono de julio de $17.000. Podrán acceder al monto total aquellos titulares que cobran un haber mínimo. Para el resto se entregará un bono de menor valor hasta llegar a los dos haberes mínimos.
El pago de dicho bono se entrega a través de un calendario de pago ordenado por terminación de DNI.
Bono de $20.000 de agosto: ¿cuánto cobro?
El extra de $20.000 en agosto está destinado a aquellos jubilados y pensionados que perciban un haber mínimo, equivalente a $70.938.
- Para los que reciban más de un haber mínimo, Anses activará un bono variable que decrecerá hasta los $5.000.
Para cobrarlo, necesitás:
- Ser titular de una jubilación, pensión, PNC o PUAM.
- Cobrar un haber mínimo jubilatorio, equivalente a $70.938.
El bono en agosto será de $20.000 para aquellos que perciban una jubilación mínima, lo cual eleva el monto total a $90.938.
Fecha de cobro del bono de $20.000 en agosto
Pensiones no contributivas: ¿cuándo cobro?
- Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de agosto de 2023.
Jubilados y pensionados con un haber mínimo agosto 2023
- Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 1, a partir del día 9 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 2, a partir del día 10 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 3, a partir del día 11 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de agosto de 6023.
- Documentos terminados en 7, a partir del día 17 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 8, a partir del día 18 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 9, a partir del día 22 de agosto de 2023.
Jubilados que perciben más de un haber mínimo: calendario de agosto 2023
- Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 23 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 24 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 25 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 28 de agosto de 2023.
- Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 29 de agosto de 2023.