La cuota alimentaria es una obligación legal establecida en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, que tiene como objetivo garantizar el bienestar de los hijos, cubriendo gastos necesarios como alimentación, vestimenta, vivienda, educación y salud.
Esta suma de dinero es establecida por el juez, que puede variar desde el 25 al 50 % por hijo del sueldo básico, y debe ser pagada por el progenitor que no tiene la tenencia de los hijos.
En el caso de Pampita y García Moritán, si se determina que uno de ellos debe pagar una cuota alimentaria, la persona obligada será la que no tenga la tenencia de los hijos. La cuota puede ser acordada por los progenitores o dispuesta por el juez, y puede pagarse mensualmente, cada 15 días o incluso por semana, dependiendo de lo que se acuerde.
El Código Civil y Comercial de la Nación Argentina establece en sus artículos 647 a 658 las normas sobre la cuota alimentaria. Según el artículo 542, el momento en que se paga la cuota alimentaria puede ser acordado por los progenitores o dispuesto por el jue.
Además, el artículo 542 también permite que la cuota sea pagada por anticipado.
Si Pampita y García Moritán no llegan a un acuerdo sobre la cuota alimentaria, el juez será quien determine la cantidad y el momento de los pagos. La cuota alimentaria es una obligación legal que busca garantizar el bienestar de los hijos, y debe ser cumplida por el progenitor que no tiene la tenencia de los mismos.